Artículo 26. Regularización financiera de determinados pagos.
Artículo 26 del Real Decreto 696/2018, de 29 de junio, por el que se aprueba el Reglamento general de la gestión financiera de la Seguridad Social. · BOE-A-2018-9030
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-07-01.
Texto consolidado
Los pagos que la Tesorería General de la Seguridad Social deba efectuar a otros organismos y administraciones públicas podrán ser retenidos en caso de incumplimiento por aquellos de sus obligaciones de pago con la Seguridad Social en los plazos y condiciones establecidos legalmente. Dichos pagos serán objeto de regularización mediante resolución del citado servicio común de la Seguridad Social.
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