Real Decreto 667/1983, de 2 de marzo, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-sanitaria para la elaboración y venta de zumos de frutas y de otros vegetales y de sus derivados.
BOE-A-1983-9198 · Boletín Oficial del Estado, 1983-03-31 · Presidencia del Gobierno
Real Decreto 667/1983 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 667/1983
- Fecha de la disposición
- 1983-03-02
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 77, 1983-03-31
- Entrada en vigor
- 1983-04-20
- Departamento
- Presidencia del Gobierno
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-16
- Artículos
- 41
- Identificador BOE
- BOE-A-1983-9198
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Por Real Decreto 922/1977, de 28 de marzo, se aprobó la Reglamentación Técnico-sanitaria para la elaboración y venta de zumos de frutas y de sus derivados. La experiencia adquirida en su aplicación aconseja su modificación, en algunos puntos, al tiempo que nos adaptamos a las directivas comunitarias en esta materia.
En su virtud, previo informe de la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria y a propuesta de los Ministros de Economía y Hacienda, Industria y Energía, Agricultura, Pesca y Alimentación y Sanidad y Consumo y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de marzo de 1983,
DISPONGO:
Índice del articulado
- Artículo único.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición derogatoria.
- Artículo 1. Ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Zumos.
- Artículo 3. Zumos con conservadores.
- Artículo 4. Zumos concentrados.
- Artículo 5. Zumos concentrados con conservadores.
- Artículo 6. Zumos azucarados.
- Artículo 7. Zumos gasificados.
- Artículo 8. Mezclas de zumos de frutas y/o vegetales.
- Artículo 9. Zumos deshidratados.
- Artículo 10. Pulpas o cremogenados.
- Artículo 11. Pulpas o cremogenados con conservadores.
- Artículo 12. Néctares.
- Artículo 13. Néctares concentrados.
- Artículo 14. Preparados básicos de frutas.
- Artículo 15. Mezclas de zumos y néctares con otros productos alimenticios.
- Artículo 16. Requisitos industriales.
- Artículo 17. Requisitos higiénico-sanitarios.
- Artículo 18. Condiciones generales referentes al personal.
- Artículo 19. Control de fabricación.
- Artículo 20. Condiciones higiénico-sanitarias de los envases.
- Artículo 21. Manipulaciones permitidas y prohibidas.
- Artículo 22.
- Artículo 23.
- Artículo 24. Características de los zumos.
- Artículo 25. Características de las pulpas y cremogenados.
- Artículo 26. Características de los néctares.
- Artículo 27. Características de los preparados básicos de frutas.
- Artículo 28. Características de los zumos deshidratados.
- Artículo 29.
- Artículo 30. Envasado.
- Artículo 31. Etiquetado y rotulación.
- Artículo 32. Transporte y almacenamiento.
- Artículo 33. Exportación.
- Artículo 34. Importación.
- Artículo 35. Competencias.
- Artículo 36. Responsabilidades.
- Artículo 37. Toma de muestras y métodos analíticos.
Normas que la modifican o afectan (6)
Normas a las que afecta (8)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 667/1983?
- Real Decreto 667/1983 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 667/1983?
- El BOE registra 6 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 667/1983?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.