Real Decreto 65/2006, de 30 de enero, por el que se establecen requisitos para la importación y exportación de muestras biológicas.
BOE-A-2006-1916 · Boletín Oficial del Estado, 2006-02-07 · Ministerio de Sanidad y Consumo
Real Decreto 65/2006 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 65/2006
- Fecha de la disposición
- 2006-01-30
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 32, 2006-02-07
- Entrada en vigor
- 2006-02-08
- Departamento
- Ministerio de Sanidad y Consumo
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 18
- Identificador BOE
- BOE-A-2006-1916
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El control fronterizo de cualquier sustancia con implicaciones sobre la salud pública ha venido siendo una constante en nuestro ordenamiento jurídico y, desde la aprobación de la Constitución Española en 1978, es una competencia atribuida en exclusiva al Estado, recogida en el artículo 149.1.16.ª Desde entonces, y con la finalidad de evitar cualquier riesgo sanitario, se controlan los alimentos, los medicamentos y las materias primas para su fabricación, así como las muestras de cualquier tipo. Estos controles se realizan a través de la estructura periférica de la Administración General de Estado bajo las directrices del Ministerio de Sanidad y Consumo, y se han establecido las diferencias necesarias en cuanto al tipo de productos y las unidades administrativas especializadas en llevarlos a cabo.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Puntos habilitados para la entrada y salida de muestras.
- Artículo 5. Requisitos para la importación y exportación de muestras biológicas.
- Artículo 6. Registro voluntario de importadores y exportadores de muestras biológicas.
- Artículo 7. Requisitos para la inscripción en el Registro.
- Artículo 8. Validez de la inscripción.
- Artículo 9. Resolución sobre la inscripción en el Registro.
- Artículo 10. Tratamiento de datos de carácter personal.
- Artículo 11. Facultades de la Administración General del Estado.
- Artículo 12. Colaboración con las comunidades autónomas.
- Artículo 13. Infracciones.
- Artículo 14. Sanciones.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se sustituye | los anexos, por Orden SAS/3166/2009, de 16 de noviembre |
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. |
| De conformidad con | Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas-Especiales en Materia de Salud Pública. |
| De conformidad con | Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 65/2006?
- Real Decreto 65/2006 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 65/2006?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 65/2006?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.