Real Decreto 640/2016, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Biblioteca Nacional de España.
BOE-A-2016-11997 · Boletín Oficial del Estado, 2016-12-19 · Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
Real Decreto 640/2016 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 640/2016
- Fecha de la disposición
- 2016-12-09
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 305, 2016-12-19
- Entrada en vigor
- 2016-12-20
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 36
- Identificador BOE
- BOE-A-2016-11997
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Biblioteca Nacional de España, creada en 1711 por Felipe V como Real Biblioteca Pública, abrió sus puertas al público el 1 de marzo de 1712. Desde entonces ha permanecido siempre fiel a su principio básico de reunir, catalogar, conservar, difundir y transmitir el patrimonio bibliográfico y documental español.
En 1716, por medio de un privilegio real, se decretó la obligación para los impresores de depositar en la Biblioteca un ejemplar de todo lo que se imprimía en España. Dicho privilegio es el antecedente de la actual Ley 23/2011, de 29 de julio, de Depósito Legal, por la cual los editores de la producción cultural, en cualquier tipo de soporte, deben depositar un determinado número de ejemplares, convirtiendo así a esta institución en el lugar donde se conserva la memoria de las diferentes culturas de España y se garantiza su transmisión a las futuras generaciones.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del Estatuto.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. No incremento de gasto.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Naturaleza y régimen jurídico.
- Artículo 2. Objetivos y funciones.
- Artículo 3. Órganos rectores y consultivos.
- Artículo 4. La Presidencia de la Biblioteca Nacional de España.
- Artículo 5. El Real Patronato de la Biblioteca Nacional de España.
- Artículo 6. Composición del Real Patronato.
- Artículo 7. Competencias y funciones del Pleno del Real Patronato.
- Artículo 8. Composición y competencias de la Comisión Permanente.
- Artículo 9. Funcionamiento del Pleno, de la Comisión Permanente y de los Grupos de trabajo del Real Patronato.
- Artículo 10. Dirección de la Biblioteca Nacional de España.
- Artículo 11. El Comité Científico.
- Artículo 12. El Consejo de Dirección.
- Artículo 13. Estructura administrativa.
- Artículo 14. La Gerencia.
- Artículo 15. La Dirección Técnica.
- Artículo 16. La División de Procesos y Servicios Digitales.
- Artículo 17. La División Cultural.
- Artículo 18. Personal de la Biblioteca Nacional de España.
- Artículo 19. Incompatibilidades.
- Artículo 20. Régimen patrimonial.
- Artículo 21. Bienes propios.
- Artículo 22. Bienes adscritos.
- Artículo 23. Régimen de contratación.
- Artículo 24. Recursos económicos.
- Artículo 25. Ingreso por actividades propias y cesión de espacios.
- Artículo 26. Participación en sociedades y fundaciones.
- Artículo 27. Régimen presupuestario.
- Artículo 28. Control económico-financiero.
- Artículo 29. Contabilidad.
- Disposición adicional primera. Utilización de las distintas lenguas oficiales del Estado.
- Disposición adicional segunda. Accesibilidad de las personas con discapacidad.
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 640/2016?
- Real Decreto 640/2016 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 640/2016?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.