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Real Decreto Vigente

Artículo 12. El Consejo de Dirección.

Artículo 12 del Real Decreto 640/2016, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Biblioteca Nacional de España. · BOE-A-2016-11997

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-12-20.

Texto consolidado

1. El Consejo de Dirección es el órgano responsable de asesorar a la Dirección de la Biblioteca Nacional de España en el ejercicio de sus funciones.

2. Estará formado por las personas titulares de la Dirección de la Biblioteca Nacional de España, la Dirección Técnica, la Gerencia, la División Cultural, la División de Procesos y Servicios Digitales, las Jefaturas de Área y las Direcciones de Departamento. El Consejo de Dirección, a propuesta de la Dirección de la Biblioteca Nacional de España, designará, de entre los miembros del Consejo de Dirección, al Secretario del organismo.

El Consejo de Dirección se reunirá, previa convocatoria de la Dirección de la Biblioteca Nacional de España, al menos, una vez al mes.

3. La Dirección de la Biblioteca Nacional de España podrá convocar a las sesiones del Consejo de Dirección al personal al servicio de la Biblioteca Nacional de España, cuando entienda que deban ser oídos en relación con alguno de los asuntos que sean objeto de examen en la correspondiente sesión y siempre que no hayan podido manifestar su parecer a través del correspondiente informe.

4. En lo no previsto sobre el funcionamiento del Consejo de Dirección se aplicará lo establecido en los artículos 15 a 22 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-12-20.

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