Real Decreto 635/2006, de 26 de mayo, sobre requisitos mínimos de seguridad en los túneles de carreteras del Estado.
BOE-A-2006-9296 · Boletín Oficial del Estado, 2006-05-27 · Ministerio de Fomento
Real Decreto 635/2006 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Resumen
Esta norma regula los requisitos mínimos de seguridad que deben cumplir los túneles de las carreteras del Estado en España, con el objetivo de garantizar la seguridad de los usuarios y prevenir situaciones críticas. Aplica a todos los túneles de la red estatal, tanto en servicio como en construcción o proyecto, desde su entrada en vigor el 27 de mayo de 2006.
Entre los puntos clave, establece que el Ministerio de Fomento es responsable de garantizar el cumplimiento de los requisitos de seguridad, lo que incluye la realización de inspecciones periódicas y la autorización de la apertura y reapertura de túneles. Además, se requiere que cada túnel cuente con un responsable de seguridad que coordine las medidas preventivas y de emergencia. También se especifica la obligación de realizar un análisis de riesgo para evaluar las condiciones de seguridad y la posibilidad de aplicar medidas alternativas en caso de que no se puedan cumplir ciertos requisitos estructurales. Por último, se establece un calendario para la adaptación de túneles existentes a estas nuevas normativas, con plazos específicos para su cumplimiento.
Esta norma no está derogada ni anulada.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 635/2006
- Fecha de la disposición
- 2006-05-26
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 126, 2006-05-27
- Entrada en vigor
- 2006-05-28
- Departamento
- Ministerio de Fomento
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 24
- Identificador BOE
- BOE-A-2006-9296
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El desarrollo de las infraestructuras de transporte experimentado por nuestro país en los últimos años, motivado y acompañado a su vez por el incesante crecimiento de la demanda, no puede verse limitado solamente al incremento en la extensión de la red de carreteras, sino que también ha de fomentar la mejora de sus características de diseño y construcción que permita una explotación mas eficiente de aquéllas.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y finalidad.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Medidas de seguridad.
- Artículo 5. Autoridad administrativa.
- Artículo 6. Gestor del túnel.
- Artículo 7. El responsable de seguridad.
- Artículo 8. Organismos de inspección.
- Artículo 9. Inspecciones periódicas.
- Artículo 10. Inspecciones con informe desfavorable.
- Artículo 11. Análisis de riesgo.
- Artículo 12. Metodología de análisis de riesgo.
- Artículo 13. Excepción por técnicas innovadoras o por otras causas.
- Artículo 14. Procedimiento de solicitud de excepción.
- Artículo 15. Informes de incidencias.
- Disposición adicional primera. Inspección de túneles de la red de carreteras del Estado.
- Disposición adicional segunda. Información en los túneles que no forman parte de la red de carreteras del Estado.
- Disposición transitoria primera. Túneles sin proyecto aprobado.
- Disposición transitoria segunda. Túneles en construcción.
- Disposición transitoria tercera. Túneles en servicio.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Incorporación de derecho de la Unión Europea.
- Disposición final tercera. Desarrollo normativo.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de errores | en BOE núm. 181, de 31 de julio de 2006 |
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras. |
| Transpone | la Directiva 2004/54/CE, de 29 de abril |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 635/2006?
- Real Decreto 635/2006 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 635/2006?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 635/2006?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.