Disposición final tercera. Desarrollo normativo.
Disposición final tercera del Real Decreto 635/2006, de 26 de mayo, sobre requisitos mínimos de seguridad en los túneles de carreteras del Estado. · BOE-A-2006-9296
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-05-28.
Texto consolidado
El Ministro de Fomento, en el ámbito de sus competencias, dictará las normas de desarrollo que requiera este real decreto. En particular, y conjuntamente con el Ministro del Interior, podrá modificar los modelos de señales incluidos en el anexo III.