Real Decreto 46/2019, de 8 de febrero, por el que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico Oriental y el Mediterráneo.
BOE-A-2019-1789 · Boletín Oficial del Estado, 2019-02-09 · Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Real Decreto 46/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-04.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 46/2019
- Fecha de la disposición
- 2019-02-08
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 35, 2019-02-09
- Entrada en vigor
- 2019-02-10
- Departamento
- Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-05-04
- Artículos
- 25
- Identificador BOE
- BOE-A-2019-1789
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Real Decreto 71/1998, de 23 de enero, por el que se regula el ejercicio de la pesca de túnidos y especies afines en el Mediterráneo, contiene la regulación del atún rojo (Thunnus thynnus) y las medidas de gestión de esta pesquería en el mar Mediterráneo.
Dicha regulación se completó con la Orden APM/264/2017, de 23 de marzo, por la que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico Oriental y Mediterráneo.
La Comisión Internacional para la Conservación del Atún Atlántico (CICAA) es la responsable de establecer las normas para el ejercicio de la pesquería de atún rojo en el ámbito internacional.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Censo específico de la flota autorizada para el ejercicio de la pesca de atún rojo.
- Artículo 3 bis. Reserva de posibilidades de pesca.
- Artículo 4. Asignación de cuotas.
- Artículo 4 bis. Gestión conjunta de posibilidades de pesca.
- Artículo 4 ter. Gestión en común de límites del volumen de capturas.
- Artículo 4 quater. Flexibilidad interanual.
- Artículo 4 quinquies. Reactivación de buques en situación de baja provisional.
- Artículo 4 sexies. Sustituciones.
- Artículo 4 septies. Gestión de posibilidades de pesca no utilizadas.
- Artículo 5. Transmisión de posibilidades.
- Artículo 5 bis. Mecanismo de optimización.
- Artículo 6. Medidas de gestión de la pesquería.
- Artículo 7. Pesca deportiva y recreativa.
- Artículo 7 bis. Granjas o instalaciones de cría de atún rojo.
- Artículo 7 ter. Planes de ordenación de las granjas.
- Artículo 8. Medidas de control.
- Artículo 9. Infracciones y sanciones.
- Disposición adicional única. Censo buques autorizados.
- Disposición adicional primera. Censo buques autorizados.
- Disposición adicional segunda. Asignación de posibilidades de pesca en caso de disminución de la cuota del Reino de España a una cantidad igual o inferior a la establecida para …
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (4)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado. |
| De conformidad con | el Reglamento 2016/1627, de 14 de septiembre |
| Deroga | Real Decreto 71/1998, de 23 de enero, por el que se regula el ejercicio de la pesca de túnidos y especies afines en el Mediterráneo. |
| Deroga | la Orden APM/264/2017, de 23 de marzo |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 46/2019?
- Real Decreto 46/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-04.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 46/2019?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 46/2019?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.