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Real Decreto 433/2004, de 12 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Museo Nacional del Prado.

BOE-A-2004-5118 · Boletín Oficial del Estado, 2004-03-20 · Ministerio de la Presidencia

Real Decreto 433/2004 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.

Resumen

El Real Decreto 433/2004 regula el Estatuto del Museo Nacional del Prado, estableciendo su marco jurídico y organizativo. Aplica a este museo desde su entrada en vigor el 13 de marzo de 2004, y se enmarca en la Ley 46/2003 que lo regula.

Entre los puntos clave, el decreto establece que el Museo Nacional del Prado es un organismo público con personalidad jurídica propia, encargado de la conservación y difusión del patrimonio histórico español. Se define su estructura organizativa, que incluye un Presidente (el Ministro de Educación, Cultura y Deporte), un Real Patronato y un Director, quienes tienen funciones específicas en la gestión y dirección del museo. Además, se establece que el personal del museo será considerado laboral, con derechos y obligaciones similares a los que tenían en su anterior régimen como organismo autónomo. También se detallan las fuentes de financiación del museo, que incluyen ingresos por acceso a colecciones, donaciones y patrocinio, así como la necesidad de un control financiero y contable riguroso. Este decreto deroga el anterior Real Decreto 1432/1985 y otros relacionados, modernizando así la gestión del museo.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 433/2004
Fecha de la disposición
2004-03-12
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 69, 2004-03-20
Entrada en vigor
2004-03-21
Departamento
Ministerio de la Presidencia
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-18
Artículos
28
Identificador BOE
BOE-A-2004-5118
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

El Museo Nacional del Prado ha ido evolucionando de un modo paralelo a la creciente demanda de actividades culturales que se produce en la sociedad moderna. En los últimos años se ha apreciado un extraordinario incremento tanto en el número de visitas a los museos como en la consiguiente demanda de mejora de los servicios que éstos ofrecen.

Los museos han pasado de ser recintos visitados principalmente por intelectuales y estudiosos de la historia del arte a constituir un atractivo turístico de primer orden y un auténtico escaparate cultural de la ciudad donde radican.

Ante esta situación, el Museo Nacional del Prado, al igual que el resto de los grandes museos del mundo, ha experimentado una evolución acorde con las nuevas demandas en un doble plano.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (1)

Normas a las que afecta (5)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 433/2004?
Real Decreto 433/2004 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 433/2004?
El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 433/2004?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.