Artículo 19. Contabilidad.
Artículo 19 del Real Decreto 433/2004, de 12 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Museo Nacional del Prado. · BOE-A-2004-5118
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-03-21.
Texto consolidado
El Museo Nacional del Prado estará sometido al Plan General de Contabilidad Pública, sin perjuicio de las peculiaridades que se deriven de las características de su actividad y que al efecto sean determinadas por la Intervención General de la Administración del Estado.