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Real Decreto Vigente

Artículo 10. Personal directivo.

Artículo 10 del Real Decreto 433/2004, de 12 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Museo Nacional del Prado. · BOE-A-2004-5118

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-03-21.

Texto consolidado

1. Tendrá la consideración de personal directivo del Museo Nacional del Prado el que asuma la jefatura de las direcciones adjuntas, subdirecciones y jefaturas a las que se refiere el artículo 8.

2. El personal directivo será nombrado y separado por la Comisión Permanente del Real Patronato, a propuesta del Director, de acuerdo con las condiciones legales aplicables en cada caso. A este personal le será de aplicación, según corresponda, un régimen de contratación laboral de alta dirección o, en su caso, de fuera de convenio. Para su nombramiento se atenderá a criterios de competencia profesional, experiencia y responsabilidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-03-21.

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