Real Decreto 288/2021, de 20 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras; se da nueva redacción al artículo 34 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por el Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre; y se modifica el Reglamento para la aplicación de la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, sobre Seguros Agrarios Combinados, aprobado por el Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre.
BOE-A-2021-6310 · Boletín Oficial del Estado, 2021-04-21 · Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Real Decreto 288/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Resumen
El Real Decreto 288/2021 modifica la normativa sobre la ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras en España, adaptando su contenido a los nuevos marcos europeos de Solvencia II y NIIF 17. Esta norma es aplicable a todas las entidades aseguradoras y reaseguradoras desde su entrada en vigor el 21 de abril de 2021.
Entre los cambios más relevantes, se establece la obligación de actualizar las tablas biométricas que determinan las provisiones técnicas, incorporando criterios de transparencia y buen gobierno. También se introducen nuevas obligaciones para las entidades aseguradoras en relación con su política de implicación como accionistas, exigiendo que desarrollen y publiquen anualmente estrategias de inversión coherentes con sus pasivos a largo plazo. Además, se crea una comisión técnica para monitorizar la adecuación de las tablas biométricas a la evolución real de la mortalidad y otros factores. Por último, se establece un régimen transitorio para la adaptación a estas nuevas obligaciones, que finalizará en 2024. Esta norma no deroga ninguna disposición anterior, pero modifica varios reglamentos existentes en el ámbito asegurador.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 288/2021
- Fecha de la disposición
- 2021-04-20
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 95, 2021-04-21
- Entrada en vigor
- 2021-04-22
- Departamento
- Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 11
- Identificador BOE
- BOE-A-2021-6310
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
El régimen prudencial europeo de Solvencia II y la norma internacional de información financiera de operaciones de seguro (NIIF 17-IFRS17) presentan dos nuevos marcos, de solvencia y contable, con una estructura conceptual similar, que en algunos elementos difiere de la anteriormente existente, en particular en lo que atañe a la cuantificación separada de la mejor estimación de las provisiones técnicas y del margen para riesgos no financieros.
Índice del articulado
- Artículo único. Modificación del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.
- Disposición adicional única. Comisión técnica de análisis de las hipótesis en las que se basa la elaboración de tablas biométricas.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio voluntario para la valoración de las provisiones técnicas contables derivada de la aplicación de las nuevas tablas biométric…
- Disposición transitoria segunda. Plazo de adaptación para el cumplimiento de las obligaciones introducidas en los artículos 89 bis y 89 ter del Real Decreto 1060/2015, de 20 de …
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Reglamento para la aplicación de la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, sobre Seguros Agrarios Combinados, aprobado por el Real Decreto …
- Disposición final segunda. Modificación del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por el Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre.
- Disposición final tercera. Títulos competenciales.
- Disposición final cuarta. Incorporación del Derecho de la Unión Europea.
- Disposición final quinta. Habilitación para el desarrollo normativo.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
Normas a las que afecta (7)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 288/2021?
- Real Decreto 288/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 288/2021?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 288/2021?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.