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Real Decreto 252/2025, de 1 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud.

BOE-A-2025-6598 · Boletín Oficial del Estado, 2025-04-02 · Ministerio de Hacienda

Real Decreto 252/2025 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.

Resumen

Esta norma regula el Reglamento del Impuesto Complementario, diseñado para asegurar un nivel mínimo global de imposición para grupos multinacionales y grupos nacionales de gran magnitud en España. Se aplica a estos grupos a partir de los períodos impositivos que comiencen el 31 de diciembre de 2023, con algunas disposiciones específicas que entran en vigor el 31 de diciembre de 2024.

Entre los puntos clave, se establece que los grupos deben presentar una declaración informativa que incluya detalles sobre su estructura y operaciones en diferentes jurisdicciones, asegurando la correcta aplicación del impuesto. También se definen las reglas para calcular la base imponible y los ajustes necesarios, así como el tratamiento de créditos fiscales y la exclusión de ciertas rentas vinculadas a la sustancia económica. Además, se especifican los plazos para la presentación de autoliquidaciones y se establece un régimen sancionador para el incumplimiento de las obligaciones informativas. Esta norma no está derogada ni anulada.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 252/2025
Fecha de la disposición
2025-04-01
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 80, 2025-04-02
Entrada en vigor
2025-04-03
Departamento
Ministerio de Hacienda
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-20
Artículos
39
Identificador BOE
BOE-A-2025-6598
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

I

Ley 7/2024, de 20 de diciembre, por la que se establecen un Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud, un Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras y un Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco, y se modifican otras normas tributarias, incorpora a nuestro ordenamiento jurídico una nueva figura impositiva, el Impuesto Complementario, dando cumplimiento a la obligación de transposición de la Directiva (UE) 2022/2523 del Consejo, de 15 de diciembre de 2022, relativa a la garantía de un nivel mínimo global de imposición para los grupos de empresas multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud en la Unión.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (1)

RelaciónNorma
Corrección de errores en BOE núm. 113, de 10 de mayo de 2025

Normas a las que afecta (2)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 252/2025?
Real Decreto 252/2025 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 252/2025?
El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 252/2025?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.