Disposición final única. Habilitaciones a la persona titular del Ministerio de Hacienda.
Disposición final única del Real Decreto 252/2025, de 1 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud. · BOE-A-2025-6598
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-04-03.
Texto consolidado
Se habilita a la persona titular del Ministerio de Hacienda para:
a) Aprobar los modelos de comunicación, declaración informativa y autoliquidación por este Impuesto y determinar los lugares y forma de presentación de los mismos.
b) Establecer los documentos o justificantes que deban acompañar a la comunicación, declaración informativa y autoliquidación.
Más artículos de Real Decreto 252/2025
- ← Disposición transitoria tercera. Plazos de presentación de la primera declaración informativa y primera autoliquidación.
- Ver la norma completa: Real Decreto 252/2025, de 1 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud.