Real Decreto 193/2015, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo.
BOE-A-2015-3714 · Boletín Oficial del Estado, 2015-04-07 · Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Real Decreto 193/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 193/2015
- Fecha de la disposición
- 2015-03-23
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 83, 2015-04-07
- Entrada en vigor
- 2015-04-08
- Departamento
- Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 23
- Identificador BOE
- BOE-A-2015-3714
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El artículo 33 de la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, prevé la creación del Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) adscrito a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo. El Real Decreto 993/1999, de 11 de junio, aprobó el Reglamento del Registro de ONGD en el que se regulaba el contenido de las inscripciones, así como los procedimientos de inscripción, modificación y cancelación.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del Reglamento.
- Disposición adicional única. No incremento del gasto público.
- Disposición transitoria única. Adaptación de las entidades al nuevo Reglamento.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Facultades de ejecución y aplicación.
- Disposición final segunda. Título competencial.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Régimen jurídico.
- Artículo 3. Adscripción.
- Artículo 4. Ámbito subjetivo.
- Artículo 5. Contenido de las inscripciones.
- Artículo 6. Solicitud de inscripción.
- Artículo 7. Documentación que debe aportarse con la solicitud de primera inscripción.
- Artículo 8. Resolución del procedimiento de inscripción.
- Artículo 9. Sucesión de entidades inscritas en el Registro de ONGD.
- Artículo 10. Efectos de la inscripción.
- Artículo 11. Actualización de datos inscritos.
- Artículo 12. Modificación de los datos inscritos.
- Artículo 13. Cancelación de la inscripción.
- Artículo 14. Publicidad del Registro de ONGD.
- Artículo 15. Relaciones de colaboración entre el Registro de ONGD y las comunidades autónomas.
- Artículo 16. Cumplimiento de las obligaciones de las entidades inscritas.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo. |
| Deroga | el Reglamento aprobado por Real Decreto 993/1999, de 11 de junio |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 193/2015?
- Real Decreto 193/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 193/2015?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 193/2015?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.