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Real Decreto 1791/2008, de 3 de noviembre, sobre la declaración de reparación y reconocimiento personal a quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura.

BOE-A-2008-18494 · Boletín Oficial del Estado, 2008-11-17 · Ministerio de Justicia

Real Decreto 1791/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.

Resumen

Esta norma regula el procedimiento para obtener la Declaración de reparación y reconocimiento personal para aquellos que sufrieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura en España. Aplica a todas las personas afectadas, independientemente de su nacionalidad, así como a sus familiares y a instituciones públicas que hayan tenido relación con las víctimas, desde su entrada en vigor el 4 de noviembre de 2008.

Entre los puntos clave, se establece que los solicitantes deben presentar una solicitud al Ministro de Justicia, que incluirá la identificación del afectado y los hechos que fundamentan la petición. La tramitación del procedimiento está a cargo de la División de Tramitación de Derechos de Gracia y otros Derechos, y la resolución debe emitirse en un plazo de seis meses. La Declaración obtenida no conlleva compensación económica ni reconocimiento de responsabilidad patrimonial del Estado. Además, se garantiza el derecho a realizar trámites de forma electrónica, facilitando así el acceso a este procedimiento. Esta norma no está derogada ni anulada.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 1791/2008
Fecha de la disposición
2008-11-03
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 277, 2008-11-17
Entrada en vigor
2008-11-18
Departamento
Ministerio de Justicia
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-19
Artículos
15
Identificador BOE
BOE-A-2008-18494
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

La Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura, ha reconocido en su artículo 1 el derecho a la reparación moral y a la recuperación de la memoria personal y familiar de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura.

Como expresión de este derecho a la reparación moral, en su artículo 2 se reconoce y declara el carácter radicalmente injusto de todas las condenas, sanciones y cualesquiera formas de violencia personal producidas por razones políticas, ideológicas o de creencia religiosa durante la Guerra Civil, así como las sufridas por las mismas causas durante la Dictadura.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas a las que afecta (4)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 1791/2008?
Real Decreto 1791/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1791/2008?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.