Real Decreto 1791/2008, de 3 de noviembre, sobre la declaración de reparación y reconocimiento personal a quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura.
BOE-A-2008-18494 · Boletín Oficial del Estado, 2008-11-17 · Ministerio de Justicia
Real Decreto 1791/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1791/2008
- Fecha de la disposición
- 2008-11-03
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 277, 2008-11-17
- Entrada en vigor
- 2008-11-18
- Departamento
- Ministerio de Justicia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 15
- Identificador BOE
- BOE-A-2008-18494
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura, ha reconocido en su artículo 1 el derecho a la reparación moral y a la recuperación de la memoria personal y familiar de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura.
Como expresión de este derecho a la reparación moral, en su artículo 2 se reconoce y declara el carácter radicalmente injusto de todas las condenas, sanciones y cualesquiera formas de violencia personal producidas por razones políticas, ideológicas o de creencia religiosa durante la Guerra Civil, así como las sufridas por las mismas causas durante la Dictadura.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto del real decreto.
- Artículo 2. Objeto y finalidad de procedimiento.
- Artículo 3. Competencias.
- Artículo 4. Legitimación.
- Artículo 5. Contenido de la solicitud.
- Artículo 6. Lugar y medios de presentación de la solicitud.
- Artículo 7. Tramitación y resolución.
- Artículo 8. Principio de colaboración.
- Disposición adicional primera. Registro de Declaraciones.
- Disposición adicional segunda. Protección de datos de carácter personal.
- Disposición adicional tercera. Aplicación de la Ley 11/2007, de 22 de junio.
- Disposición adicional cuarta. Modelo de solicitud e instrucciones para su cumplimentación.
- Disposición final primera. Aplicación supletoria de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
- Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1791/2008?
- Real Decreto 1791/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1791/2008?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.