Artículo 6. Lugar y medios de presentación de la solicitud.
Artículo 6 del Real Decreto 1791/2008, de 3 de noviembre, sobre la declaración de reparación y reconocimiento personal a quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura. · BOE-A-2008-18494
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-11-18.
Texto consolidado
La solicitud podrá presentarse en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre así como de forma electrónica, de acuerdo con lo previsto en el artículo 6.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, a través de la página Web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.es).