Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
BOE-A-2004-15601 · Boletín Oficial del Estado, 2004-08-30 · Ministerio de Justicia
Real Decreto 1774/2004 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1774/2004
- Fecha de la disposición
- 2004-07-30
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 209, 2004-08-30
- Entrada en vigor
- 2005-02-28
- Departamento
- Ministerio de Justicia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 89
- Identificador BOE
- BOE-A-2004-15601
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, en el apartado 24 de su exposición de motivos, prevé una regulación más extensa de algunos de sus aspectos en el reglamento que en su día se dicte en su desarrollo. Asimismo, en diferentes artículos de la ley orgánica hay llamamientos concretos al desarrollo reglamentario para establecer: la periodicidad con que se remitirá al juez de menores y al Ministerio Fiscal los informes sobre la ejecución de la medida y sus incidencias, y sobre la evolución personal de los menores sometidos a ellas; los permisos ordinarios y extraordinarios de los que podrá disfrutar el menor internado; los requisitos para trasladar al menor de centro fuera de la comunidad autónoma; el derecho del menor a comunicarse libremente con sus padres y familiares, y a disfrutar de salidas y permisos; el derecho de las menores…
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del Reglamento de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
- Disposición adicional única. Evaluación de resultados.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Actuación de la Policía Judicial.
- Artículo 3. Modo de llevar a cabo la detención del menor.
- Artículo 4. Actuación del equipo técnico.
- Artículo 5. Modo de llevar a cabo las soluciones extrajudiciales.
- Artículo 6. Principios inspiradores de la ejecución de las medidas.
- Artículo 7. Derechos de los menores durante la ejecución de las medidas.
- Artículo 8. Competencia funcional.
- Artículo 9. Punto de conexión para determinar la Administración competente en la ejecución de las medidas.
- Artículo 10. Inicio de la ejecución.
- Artículo 11. Ejecución de varias medidas.
- Artículo 12. Expediente personal del menor en la ejecución de la medida.
- Artículo 13. Informes durante la ejecución.
- Artículo 14. Incumplimientos.
- Artículo 15. Revisión de la medida por conciliación.
- Artículo 16. Tratamiento ambulatorio.
- Artículo 17. Asistencia a un centro de día.
- Artículo 18. Libertad vigilada.
- Artículo 19. Convivencia con otra persona, familia o grupo educativo.
- Artículo 20. Prestaciones en beneficio de la comunidad.
- Artículo 21. Realización de tareas socioeducativas.
- Artículo 22. Medidas cautelares.
- Artículo 23. Regímenes de internamiento.
- Artículo 24. Internamiento en régimen cerrado.
- Artículo 25. Internamiento en régimen semiabierto.
- Artículo 26. Internamiento en régimen abierto.
- Artículo 27. Internamiento terapéutico.
- Artículo 28. Permanencia de fin de semana.
- Artículo 29. Internamiento cautelar.
- Artículo 30. Normativa de funcionamiento interno.
- Artículo 31. Ingreso en el centro.
- Artículo 32. Trámites después del ingreso.
- Artículo 33. Grupos de separación interior.
- Artículo 34. Internamiento de madres con hijos menores.
- Artículo 35. Traslados.
- Artículo 36. Adopción y cumplimiento de la decisión sobre la libertad del menor.
- Artículo 37. Asistencia escolar y formativa.
- Artículo 38. Asistencia sanitaria.
- Artículo 39. Asistencia religiosa.
- Artículo 40. Comunicaciones y visitas de familiares y de otras personas.
- Artículo 41. Comunicaciones con el juez, el Ministerio Fiscal, el abogado y con otros profesionales y autoridades.
- Artículo 42. Comunicaciones telefónicas.
- Artículo 43. Comunicaciones escritas.
- Artículo 44. Paquetes y encargos.
- Artículo 45. Permisos de salida ordinarios.
- Artículo 46. Salidas de fin de semana.
- Artículo 47. Permisos extraordinarios.
- Artículo 48. Salidas programadas.
- Artículo 49. Salidas y permisos de menores sometidos a medida cautelar de internamiento.
- Artículo 50. Salidas y permisos de menores en internamiento terapéutico.
- Artículo 51. Domicilio durante las salidas y permisos.
- Artículo 52. Suspensión y revocación de permisos y salidas.
- Artículo 53. Trabajo.
- Artículo 54. Vigilancia y seguridad.
- Artículo 55. Medios de contención.
- Artículo 56. Informaciones.
- Artículo 57. Peticiones, quejas y tramitación de recursos.
- Artículo 58. Inspección de centros.
- Artículo 59. Fundamento y ámbito de aplicación.
- Artículo 60. Principios de la potestad disciplinaria.
- Artículo 61. Clasificación de las faltas disciplinarias.
- Artículo 62. Faltas muy graves.
- Artículo 63. Faltas graves.
- Artículo 64. Faltas leves.
- Artículo 65. Sanciones disciplinarias.
- Artículo 66. Sanción de separación.
- Artículo 67. Graduación de las sanciones
- Artículo 68. Concurso de infracciones y normas para el cumplimiento de las sanciones.
- Artículo 69. Pluralidad de faltas e infracción continuada.
- Artículo 70. Necesidad de procedimientos sancionadores.
- Artículo 71. Procedimiento ordinario: inicio.
- Artículo 72. Instrucción y pliego de cargos.
- Artículo 73. Tramitación.
- Artículo 74. Resolución.
- Artículo 75. Acuerdo sancionador.
- Artículo 76. Notificación de la resolución
- Artículo 77. Caducidad.
- Artículo 78. Recursos.
- Artículo 79. Procedimiento abreviado.
- Artículo 80. Medidas cautelares durante el procedimiento.
- Artículo 81. Ejecución y cumplimiento de las sanciones.
- Artículo 82. Reducción, suspensión y anulación de sanciones.
- Artículo 83. Extinción automática de sanciones.
- Artículo 84. Prescripción de faltas y sanciones.
- Artículo 85. Incentivos.
- Disposición adicional única. Actuaciones policiales de vigilancia, custodia y traslado.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se modifica | el art. 76.2, por Real Decreto 535/2021, de 13 de julio |
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1774/2004?
- Real Decreto 1774/2004 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1774/2004?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1774/2004?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.