Real Decreto 1629/2011, de 14 de noviembre, por el que se declara como Área Marina Protegida y como Zona Especial de Conservación el espacio marino de El Cachucho, y se aprueban las correspondientes medidas de conservación.
BOE-A-2011-19246 · Boletín Oficial del Estado, 2011-12-08 · Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Real Decreto 1629/2011 está derogada desde el 2021-08-05: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1629/2011
- Fecha de la disposición
- 2011-11-14
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 295, 2011-12-08
- Entrada en vigor
- 2011-12-09
- Departamento
- Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2021-08-05
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 17
- Identificador BOE
- BOE-A-2011-19246
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Cachucho es una gran montaña submarina que se eleva bruscamente desde los más de cuatro mil metros de profundidad de la llanura abisal del golfo de Vizcaya hasta los 425 metros de su cumbre. Se localiza en el mar Cantábrico, a unos 65 km de la costa asturiana de Ribadesella –en la plataforma continental española en los términos de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar–, y se encuentra separado por una cuenca interna. Por esta razón, su fauna está compuesta tanto por especies típicas de las montañas submarinas oceánicas como por otras más propias de los fondos de la plataforma, lo que permite explicar su gran diversidad biológica.
Índice del articulado
- Artículo 1. Declaración de El Cachucho como Área Marina Protegida.
- Artículo 2. Declaración de El Cachucho como Zona Especial de Conservación.
- Artículo 3. Aprobación del Plan de gestión del AMP y de la ZEC de El Cachucho, y ámbito de aplicación.
- Artículo 4. Evaluación de planes, programas y proyectos.
- Artículo 5. Gestión y Dirección Técnica del AMP y de la ZEC de El Cachucho.
- Artículo 6. Colaboración entre Administraciones Públicas.
- Artículo 7. Régimen de infracciones y sanciones.
- Disposición adicional primera. Derecho Internacional.
- Disposición adicional segunda. Adaptación a la Estrategia Marina de la Demarcación Marina Noratlántica.
- Disposición adicional tercera. Seguimiento científico.
- Disposición adicional cuarta. Correspondencia de la superficie y las coordenadas del AMP y ZEC de El Cachucho en función del datum y del sistema de coordenadas.
- Disposición adicional quinta. Órganos de coordinación técnica y participación.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Vigencia.
- Disposición final tercera. Habilitación normativa.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
Normas a las que afecta (4)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. |
| De conformidad con | Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino. |
| Deroga | Orden PRE/969/2008, de 3 de abril |
| Deroga | Orden ARM/3840/2008, de 23 de diciembre |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1629/2011?
- Real Decreto 1629/2011 está derogada desde el 2021-08-05: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1629/2011?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1629/2011?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.