Artículo 1. Declaración de El Cachucho como Área Marina Protegida.
Artículo 1 del Real Decreto 1629/2011, de 14 de noviembre, por el que se declara como Área Marina Protegida y como Zona Especial de Conservación el espacio marino de El Cachucho, y se aprueban las correspondientes medidas de conservación. · BOE-A-2011-19246
Atención: Real Decreto 1629/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se declara la zona marina de El Cachucho como Área Marina Protegida (en adelante AMP), de acuerdo con lo establecido en el artículo 32 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y en el artículo 27.1 de la Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino.
La zona declarada como AMP de El Cachucho, según el Sistema de Referencia Terrestre Europeo (ETRS89), Proyección UTM, Huso 30, ocupa una superficie total de 234.950,16 ha, y sus coordenadas geográficas son las siguientes:
A: 44º 12’ 00’’N – 05º 16’ 00’’W
B: 44º 12’ 00’’N – 04º 26’ 00’’W
C: 43º 53’ 00’’N – 05º 16’ 00’’W
D: 43º 53’ 00’’N – 04º 26’ 00’’W
La cartografía asociada se incluye en el anexo I.
Más artículos de Real Decreto 1629/2011
- → Artículo 2. Declaración de El Cachucho como Zona Especial de Conservación.
- Ver la norma completa: Real Decreto 1629/2011, de 14 de noviembre, por el que se declara como Área Marina Protegida y como Zona Especial de Conservación el espacio marino de El Cachucho, y se aprueban las correspondientes medidas de conservación.