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Real Decreto 1418/1986, de 13 de junio, sobre funciones del Ministerio de Sanidad y Consumo en materia de sanidad exterior.

BOE-A-1986-18374 · Boletín Oficial del Estado, 1986-07-10 · Ministerio de Sanidad y Consumo

Real Decreto 1418/1986 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.

Resumen

Esta norma regula las funciones del Ministerio de Sanidad y Consumo en el ámbito de la sanidad exterior, estableciendo su competencia en la vigilancia y control de riesgos para la salud derivados de la importación, exportación y tránsito de mercancías, así como del tráfico internacional de personas. Aplica a todas las entidades y organismos involucrados en la sanidad exterior desde su promulgación el 13 de junio de 1986.

Los puntos clave incluyen: 1) El Ministerio debe coordinar la vigilancia sanitaria en puertos y aeropuertos, asegurando el control higiénico de personas, mercancías y medios de transporte; 2) Se establece la obligación de adoptar medidas para aplicar acuerdos internacionales en materia de salud y consumo; 3) Se permite la inspección y control de productos alimenticios y farmacéuticos, garantizando que cumplan con las normativas sanitarias; y 4) Se prevé la colaboración con otros departamentos y organismos para una actuación coordinada en situaciones de emergencia que puedan afectar la salud pública. Esta norma no está derogada y sigue vigente en su totalidad.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 1418/1986
Fecha de la disposición
1986-06-13
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 164, 1986-07-10
Entrada en vigor
1986-07-30
Departamento
Ministerio de Sanidad y Consumo
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-17
Artículos
19
Identificador BOE
BOE-A-1986-18374
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

El artículo 149.1.16 de la Constitución española señala la sanidad exterior como competencia exclusiva del Estado, y, en este sentido, el artículo 38.1 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, reitera dicha afirmación, añadiendo que, asimismo, son competencia exclusiva del Estado las relaciones y acuerdos sanitarios internacionales.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (6)

Normas a las que afecta (1)

RelaciónNorma
De conformidad con Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 1418/1986?
Real Decreto 1418/1986 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1418/1986?
El BOE registra 6 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1418/1986?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.