El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 6.

Artículo 6 del Real Decreto 1418/1986, de 13 de junio, sobre funciones del Ministerio de Sanidad y Consumo en materia de sanidad exterior. · BOE-A-1986-18374

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-07-30.

Texto consolidado

Son funciones y actividades del Ministerio de Sanidad y Consumo en relación con el control sanitario de las personas, las siguientes:

1. Atender al desembarco de cualquier persona infectada al arribo de un barco, aeronave o cualquier otro vehículo, a requerimiento de la persona que tenga la responsabilidad del medio de transporte.

2. Adopción de todas las medidas practicables en los puertos, aeropuertos y puestos fronterizos para impedir la salida de las personas infectadas o sospechosas, así como para evitar que se introduzcan posibles agentes de infección o vectores de cualquier enfermedad objeto del Reglamento Sanitario Internacional, a bordo de un barco, aeronave, tren, vehículo de carretera u otro tipo, o en el interior de un contenedor.

3. Cuando las circunstancias así lo aconsejen, exigencia de la inspección sanitaria en puertos, aeropuertos y puestos fronterizos a todos los barcos, aeronaves, trenes, vehículos de carretera o de otro tipo y contenedores y de todas las personas que lleguen en el viaje internacional.

4. Las vacunaciones y demás medidas preventivas o profilácticas por razones de salud pública en el tráfico internacional de personas.

5. La expedición de los correspondientes certificados médicos sanitarios y demás documentos personales de sanidad internacional, ajustándose a los modelos del Reglamento Sanitario Internacional.

6. La aplicación de las medidas de aislamiento o vigilancia deberán practicarse, cuando proceda, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento Sanitario Internacional.

7. Las investigaciones epidemiológicas, informaciones sanitarias y estadísticas que deriven de las anteriores funciones.

8. Y la colaboración con las autoridades y servicios sanitarios de otros países y organismos internacionales, con las finalidades descritas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-07-30.

Más artículos de Real Decreto 1418/1986

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1418/1986 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.