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Real Decreto 1347/1992, de 6 de noviembre, por el que se modifican las normas de lucha contra la peste equina y se establecen las condiciones de sanidad animal que regulan los movimientos intracomunitarios de équidos y las importaciones de estos animales procedentes de países terceros.

BOE-A-1992-26540 · Boletín Oficial del Estado, 1992-12-01 · Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

Real Decreto 1347/1992 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.

Resumen

Esta norma regula las condiciones de sanidad animal para el movimiento y la importación de équidos en España, en consonancia con la normativa comunitaria y con el objetivo de prevenir la peste equina. Aplica a todos los operadores que manejen équidos, tanto dentro del territorio español como en importaciones desde países terceros, y está en vigor desde el 7 de noviembre de 1992.

Entre los puntos clave, se establece que los équidos deben ser inspeccionados por un veterinario oficial antes de su movimiento, asegurando que no presenten síntomas de enfermedad y que no hayan estado en contacto con animales infectados en un periodo reciente. Además, los équidos que se envíen a otros Estados miembros deben estar debidamente identificados y acompañados de la documentación sanitaria correspondiente. También se especifican las condiciones para la importación de équidos desde países terceros, que deben ser indemnes de peste equina y otras enfermedades, y se prohíbe la importación de animales que no cumplan con estos requisitos o que presenten sospechas de enfermedades contagiosas. Esta norma no está derogada y sigue en vigor.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 1347/1992
Fecha de la disposición
1992-11-06
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 288, 1992-12-01
Entrada en vigor
1992-12-02
Departamento
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-17
Artículos
21
Identificador BOE
BOE-A-1992-26540
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

Las acciones de lucha llevadas a cabo en España contra la peste equina han conseguido el mantenimiento de un silencio epizoótico que se prolonga ya durante un período de tiempo superior a un año.

Tras la nueva clasificación de zonas en que se divide el territorio a efectos de la lucha contra la peste equina, que realiza la normativa comunitaria, se hace necesario adecuar la denominación y extensión de las zonas previstas en el Real Decreto 1604/1989, de 29 de diciembre, por el que se incluye la peste equina dentro del grupo de enfermedades de declaración oficial en toda España y se dan normas para la prevención, erradicación y control de la misma a dicha normativa.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (3)

Normas a las que afecta (3)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 1347/1992?
Real Decreto 1347/1992 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1347/1992?
El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1347/1992?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.