Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.
BOE-A-1999-15798 · Boletín Oficial del Estado, 1999-07-20 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 1254/1999 está derogada desde el 2015-10-21: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1254/1999
- Fecha de la disposición
- 1999-07-16
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 172, 1999-07-20
- Entrada en vigor
- 1999-07-21
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2015-10-21
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 29
- Identificador BOE
- BOE-A-1999-15798
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Real Decreto 886/1988, de 15 de julio, sobre prevención de accidentes mayores en determinadas actividades industriales, modificado por el Real Decreto 952/1990, de 29 de julio, incorporó a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva 82/501/CEE, del Consejo, de 24 de junio, relativa a los riesgos de accidentes graves en determinadas actividades industriales, así como sus modificaciones por las Directivas 87/216/CEE y 88/610/CEE, de 19 de marzo y de 24 de noviembre, respectivamente.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Exclusiones.
- Artículo 5. Obligaciones de carácter general del industrial.
- Artículo 6. Notificación.
- Artículo 7. Política de prevención de accidentes graves.
- Artículo 8. Efecto dominó.
- Artículo 9. Informe de seguridad.
- Artículo 10. Modificación de una instalación, establecimiento o zona de almacenamiento.
- Artículo 11. Planes de emergencia.
- Artículo 12. Ordenación territorial y limitaciones a la radicación de los establecimientos.
- Artículo 13. Información a la población relativa a las medidas de seguridad.
- Artículo 14. Información que deberá facilitar el industrial en caso de un accidente grave.
- Artículo 15. Información que el órgano competente de la Comunidad Autónoma facilitará en caso de accidente grave.
- Artículo 16. Autoridades competentes.
- Artículo 17. Coordinación y cooperación administrativa.
- Artículo 18. Prohibición de explotación.
- Artículo 19. Inspección.
- Artículo 20. Intercambios y sistema de información.
- Artículo 21. Confidencialidad de los datos.
- Artículo 22. Infracciones y sanciones.
- Disposición adicional primera. Aplicación del Reglamento de explosivos.
- Disposición adicional segunda. Aplicación a Ceuta y Melilla.
- Disposición transitoria única. Actualización documental.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Adaptación normativa.
- Disposición final segunda. Habilitación normativa.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (7)
Normas a las que afecta (7)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria. |
| Cita | Convenio de 17 de marzo de 1992, aprobado por Decisión 98/685/CE, de 23 de marzo |
| De conformidad con | la Decisión 98/433/CE, de 26 de junio |
| Transpone | la Directiva 96/82/CE, de 9 de diciembre |
| Desarrolla | Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre protección civil. |
| Deroga | Real Decreto 886/1988, de 15 de julio |
| Deroga | Real Decreto 952/1990, de 29 de julio |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1254/1999?
- Real Decreto 1254/1999 está derogada desde el 2015-10-21: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1254/1999?
- El BOE registra 7 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1254/1999?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.