Real Decreto 102/2010, de 5 de febrero, por el que se regula la ordenación de las enseñanzas acogidas al acuerdo entre el Gobierno de España y el Gobierno de Francia relativo a la doble titulación de Bachiller y de Baccalauréat en centros docentes españoles.
BOE-A-2010-4130 · Boletín Oficial del Estado, 2010-03-12 · Ministerio de Educación
Real Decreto 102/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
Este Real Decreto regula la ordenación de las enseñanzas que permiten obtener la doble titulación de Bachiller español y Baccalauréat francés en centros educativos españoles. Aplica a los centros que deseen ofrecer este currículo mixto desde su entrada en vigor el 6 de febrero de 2010.
Los puntos clave de esta norma incluyen la obligación de implantar un currículo mixto que integre contenidos de la historia, cultura y lengua francesa, garantizando que al menos un tercio del horario lectivo se imparta en francés. Además, los alumnos deben realizar una prueba externa en lengua francesa al finalizar el segundo curso de Bachillerato para obtener la doble titulación. También se establece que los centros que impartan este currículo serán seleccionados por las administraciones educativas, las cuales deben promover intercambios y proyectos educativos comunes con centros franceses. Por último, se prevé la formación continua del profesorado involucrado en este programa, facilitando su movilidad internacional.
Este Real Decreto no está derogado y sigue vigente en la actualidad.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 102/2010
- Fecha de la disposición
- 2010-02-05
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 62, 2010-03-12
- Entrada en vigor
- 2010-03-13
- Departamento
- Ministerio de Educación
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 14
- Identificador BOE
- BOE-A-2010-4130
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Con fecha 16 de mayo de 2005 se firma el Acuerdo Marco entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Francesa relativo a programas educativos, lingüísticos y culturales en centros escolares de los dos Estados. Dicho Acuerdo hace referencia en su artículo 7 a una posible integración de los currículos respectivos de Educación Secundaria en un currículo común mixto, con objeto de otorgar una doble titulación al término de los estudios secundarios, a los alumnos que superen este currículo integrado.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Currículo mixto.
- Artículo 3. Componentes del currículo mixto.
- Artículo 4. Enseñanzas de las materias especificas.
- Artículo 5. Formación del profesorado.
- Artículo 6. Centros escolares.
- Artículo 7. Evaluación y calificación.
- Artículo 8. Titulación.
- Artículo 9. Supervisión del Acuerdo de Doble Titulación.
- Artículo 10. Supervisión del Currículo Mixto.
- Disposición adicional única. Expedición del título de Bachiller al alumnado de cursos conducentes al baccalauréat français international.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Autorización para el desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (4)
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Convenio de 16 de mayo de 2005 |
| De conformidad con | Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. |
| De conformidad con | el Acuerdo de 10 de enero de 2008 |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 102/2010?
- Real Decreto 102/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 102/2010?
- El BOE registra 4 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 102/2010?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.