El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 9. Supervisión del Acuerdo de Doble Titulación.

Artículo 9 del Real Decreto 102/2010, de 5 de febrero, por el que se regula la ordenación de las enseñanzas acogidas al acuerdo entre el Gobierno de España y el Gobierno de Francia relativo a la doble titulación de Bachiller y de Baccalauréat en centros docentes españoles. · BOE-A-2010-4130

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-03-13.

Texto consolidado

1. La Comisión de seguimiento, prevista en el artículo 7 del Acuerdo de Doble Titulación, regulará y velará por el buen funcionamiento del mismo.

2. La Comisión de seguimiento creará una Comisión técnica formada por tres representantes del Ministerio de Educación, y tres representantes de las comunidades autónomas, cuyos centros impartan el currículo mixto, que resolverá las cuestiones que le sean asignadas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-03-13.

Más artículos de Real Decreto 102/2010

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 102/2010 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.