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Orden ECD/1767/2012, de 3 de agosto, por la que se regula la expedición del Título de Bachiller correspondiente a las enseñanzas reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para el alumnado inscrito en los programas de secciones internacionales españolas y "Bachibac" en Liceos Franceses.

BOE-A-2012-10654 · Boletín Oficial del Estado, 2012-08-09 · Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Orden ECD/1767/2012 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.

Resumen

Esta norma regula el procedimiento para la expedición del Título de Bachiller para el alumnado que ha cursado estudios en programas de secciones internacionales españolas y "Bachibac" en Liceos Franceses. Aplica a estudiantes que han completado el baccalauréat français international en centros educativos franceses y a aquellos que han superado el programa "Bachibac", y está en vigor desde su publicación el 4 de agosto de 2012.

Los puntos clave incluyen que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte es el encargado de expedir el título, que los alumnos deben formalizar su solicitud en el centro educativo donde han cursado sus estudios, y que deben abonar las tasas correspondientes. Además, el título de Bachiller otorgará a estos estudiantes los mismos derechos que a los que han cursado el Bachillerato en centros españoles. La norma no está derogada y sigue vigente.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Orden ECD/1767/2012
Fecha de la disposición
2012-08-03
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 190, 2012-08-09
Entrada en vigor
2012-08-10
Departamento
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-19
Artículos
8
Identificador BOE
BOE-A-2012-10654
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, recoge en su Preámbulo, como uno de sus principios inspiradores, el compromiso decidido con los objetivos educativos planteados por la Unión Europea para los próximos años. Por otra parte, el artículo 6.6 de la citada ley determina que el Gobierno podrá establecer, en el marco de la cooperación internacional en materia de educación, currículos mixtos de enseñanza del sistema educativo español y de otros sistemas educativos, conducentes a los títulos respectivos.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (7)

Normas a las que afecta (2)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Orden ECD/1767/2012?
Orden ECD/1767/2012 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
¿Qué normas modifican o afectan a Orden ECD/1767/2012?
El BOE registra 7 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden ECD/1767/2012?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.