Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación.
BOE-A-2008-5158 · Boletín Oficial del Estado, 2008-03-18 · Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Orden TAS/718/2008 está derogada desde el 2019-04-02: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Orden TAS/718/2008
- Fecha de la disposición
- 2008-03-07
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 67, 2008-03-18
- Entrada en vigor
- 2008-03-19
- Departamento
- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2019-04-02
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 54
- Identificador BOE
- BOE-A-2008-5158
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo contempla la formación de oferta, entendida como aquella que tiene por objeto facilitar a los trabajadores, ocupados y desempleados, una formación ajustada a las necesidades del mercado de trabajo que atienda a los requerimientos de competitividad de las empresas, a la vez que satisfaga las aspiraciones de promoción profesional y desarrollo personal de los trabajadores, capacitándoles para el desempeño cualificado de las diferentes profesiones y para el acceso al empleo.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Modalidades de la formación de oferta subvencionadas.
- Artículo 3. Requisitos de los beneficiarios.
- Artículo 4. Obligaciones de los beneficiarios.
- Artículo 5. Destinatarios de la formación.
- Artículo 6. Colectivos prioritarios y medidas activas en el marco de la Estrategia Europea para el Empleo.
- Artículo 7. Fichero de especialidades formativas.
- Artículo 8. Impartición y acreditación de la formación.
- Artículo 9. Régimen e inicio del procedimiento de concesión.
- Artículo 10. Solicitudes.
- Artículo 11. Instrucción del procedimiento de concesión.
- Artículo 12. Criterios para el otorgamiento de la subvención y su cuantificación.
- Artículo 13. Resolución.
- Artículo 14. Pago de la subvención.
- Artículo 15. Justificación de la subvención.
- Artículo 16. Tipos y contenido de los planes de formación.
- Artículo 17. Ejecución de los planes de formación.
- Artículo 18. Tipos de acciones formativas.
- Artículo 19. Solicitud, selección y obligaciones de los participantes.
- Artículo 20. Ejecución de las acciones formativas.
- Artículo 21. Acciones formativas con compromiso de contratación.
- Artículo 22. Programas específicos.
- Artículo 23. Formación de la población reclusa y de los militares profesionales de tropa y marinería.
- Artículo 24. Prácticas profesionales no laborales.
- Artículo 25. Becas.
- Artículo 26. Ayudas de transporte, manutención y alojamiento.
- Artículo 27. Ayudas a la conciliación.
- Artículo 28. Solicitud y concesión de las becas y ayudas.
- Artículo 29. Registro de los centros y entidades de formación.
- Artículo 30. Requisitos de los centros y entidades de formación.
- Artículo 31. Obligaciones de los centros y entidades de formación.
- Artículo 32. Bajas en el Registro de centros, entidades de formación y sus especialidades formativas.
- Artículo 33. Calidad y evaluación de la formación.
- Artículo 34. Perfeccionamiento técnico de formadores.
- Artículo 35. Plan de seguimiento y control.
- Artículo 36. Actuaciones de seguimiento y control.
- Artículo 37. Incumplimientos y reintegros.
- Artículo 38. Infracciones y sanciones.
- Disposición adicional primera. Aplicación de otras fórmulas de financiación.
- Disposición adicional segunda. Órgano colegiado.
- Disposición adicional tercera. Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo.
- Disposición adicional cuarta. Aplicación y actualización de las cuantías y módulos económicos previstos en esta orden.
- Disposición adicional quinta. Financiación de la formación impartida en centros propios o mediante convenios o acuerdos con entidades o empresas públicas.
- Disposición adicional sexta. Anticipo del pago de la subvención.
- Disposición adicional séptima. Registro de convenios para la ejecución de planes de formación.
- Disposición transitoria primera. Registros de centros y entidades de formación.
- Disposición transitoria segunda. Mapa sectorial.
- Disposición transitoria tercera. Incorporación de acciones formativas vinculadas al Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales.
- Disposición transitoria cuarta. Régimen transitorio de los procedimientos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Normativa Aplicable.
- Disposición final tercera. Facultades de aplicación.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (9)
Normas a las que afecta (3)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden TAS/718/2008?
- Orden TAS/718/2008 está derogada desde el 2019-04-02: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden TAS/718/2008?
- El BOE registra 9 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden TAS/718/2008?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.