Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, en relación con la oferta formativa de las administraciones competentes y su financiación, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación.
BOE-A-2019-4715 · Boletín Oficial del Estado, 2019-04-01 · Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Orden TMS/368/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-02.
Datos clave
- Rango
- Orden TMS/368/2019
- Fecha de la disposición
- 2019-03-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 78, 2019-04-01
- Entrada en vigor
- 2019-04-02
- Departamento
- Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-02-02
- Artículos
- 39
- Identificador BOE
- BOE-A-2019-4715
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, ha acometido una reforma integral del sistema que garantiza el interés general y la necesaria estabilidad y coherencia que el sistema precisa.
Esta Ley tiene como objetivos estratégicos favorecer la creación de empleo estable y de calidad; contribuir a la competitividad empresarial; garantizar el derecho a la formación laboral; y ofrecer garantías de empleabilidad y promoción profesional de los trabajadores, de conformidad con el marco constitucional de distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Financiación de las acciones formativas.
- Artículo 3. Módulos económicos específicos y módulos económicos genéricos máximos.
- Artículo 4. Objeto de las subvenciones.
- Artículo 5. Régimen e inicio del procedimiento de concesión.
- Artículo 6. Beneficiarios y requisitos de los mismos.
- Artículo 7. Solicitudes.
- Artículo 8. Instrucción del procedimiento de concesión y órgano colegiado.
- Artículo 9. Obligaciones de los beneficiarios.
- Artículo 10. Criterios objetivos para el otorgamiento de la subvención y su cuantificación.
- Artículo 11. Resolución del procedimiento.
- Artículo 12. Pago de la subvención.
- Artículo 13. Gastos subvencionables.
- Artículo 14. Justificación de la subvención.
- Artículo 15. Incumplimientos y reintegros.
- Artículo 16. Infracciones y sanciones.
- Artículo 17. Ejecución de las acciones formativas.
- Artículo 18. Solicitud, selección y obligaciones de los participantes.
- Artículo 19. Prácticas profesionales no laborales.
- Artículo 20. Becas.
- Artículo 21. Ayudas de transporte, manutención y alojamiento.
- Artículo 22. Ayudas a la conciliación.
- Artículo 23. Solicitud y concesión de las becas y ayudas.
- Artículo 24. Calidad de la Formación.
- Artículo 25. Evaluación de la formación.
- Artículo 26. Control y seguimiento.
- Disposición adicional primera. Marcos comunes de referencia para la calidad, evaluación, seguimiento y control de la formación profesional para el empleo.
- Disposición adicional segunda. Actualización de las cuantías y módulos económicos previstos en esta orden.
- Disposición adicional tercera. Anticipo del pago de la subvención en el ámbito de gestión de la Administración General del Estado.
- Disposición adicional cuarta. Terminología de género.
- Disposición adicional quinta. Órgano colegiado.
- Disposición adicional sexta. Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.
- Disposición adicional séptima. Participación de las personas trabajadoras afectadas por expedientes de regulación temporal de empleo en acciones de formación profesional para el…
- Disposición adicional octava. Cuantía de la beca en los programas públicos de empleo y formación.
- Disposición transitoria única. Régimen transitorio de los procedimientos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Facultades de aplicación y desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (2)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden TMS/368/2019?
- Orden TMS/368/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-02.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden TMS/368/2019?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden TMS/368/2019?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.