Orden PRE/627/2011, de 22 de marzo, por la que se establecen los requisitos a los que deberán ajustarse los Convenios de Promoción de Fondos de Titulización de Activos para favorecer la Financiación Empresarial.
BOE-A-2011-5398 · Boletín Oficial del Estado, 2011-03-25 · Ministerio de la Presidencia
Orden PRE/627/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Orden PRE/627/2011
- Fecha de la disposición
- 2011-03-22
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 72, 2011-03-25
- Entrada en vigor
- 2011-03-26
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 11
- Identificador BOE
- BOE-A-2011-5398
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Estado, en virtud de las habilitaciones concedidas anualmente desde 1999 por las leyes de presupuestos generales del Estado, puede avalar valores de renta fija emitidos por fondos de titulización de activos constituidos al amparo de los Convenios que suscriban la Administración General del Estado y las sociedades gestoras de fondos de titulización con el objeto de mejorar la financiación de la actividad productiva empresarial. En concreto, se avala parte de los valores de renta fija emitidos por fondos de titulización de activos que agrupan en su activo préstamos concedidos por entidades de crédito a empresas no financieras, de las cuales un determinado porcentaje tienen que ser pequeñas y medianas empresas. De esta manera se incentiva a las entidades de crédito para la concesión de préstamos a pequeñas y medianas empresas al facilitar su movilización mediante el mecanismo de la…
Índice del articulado
- Artículo 1. Ámbito de aplicación y aprobación de los modelos de convenios.
- Artículo 2. Presentación de las solicitudes.
- Artículo 3. Evaluación de las solicitudes y ajuste de los avales solicitados a las dotaciones presupuestarias disponibles.
- Artículo 4. Notificación de las propuestas de concesión de aval a los interesados.
- Artículo 5. Comisiones de aval.
- Artículo 6. Concesión del aval.
- Artículo 7. Composición de la Comisión de Evaluación.
- Artículo 8. Condiciones financieras de los fondos y obligación de información.
- Disposición adicional única. Facultades en materia de convenios.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010. |
| Deroga | la Orden PRE/3/2007, de 10 de enero |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden PRE/627/2011?
- Orden PRE/627/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden PRE/627/2011?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.