Orden FOM/1190/2005, de 25 de abril, por la que se regula la implantación del tacógrafo digital.
BOE-A-2005-7137 · Boletín Oficial del Estado, 2005-05-03 · Ministerio de Fomento
Orden FOM/1190/2005 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-30.
Datos clave
- Rango
- Orden FOM/1190/2005
- Fecha de la disposición
- 2005-04-25
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 105, 2005-05-03
- Entrada en vigor
- 2005-05-04
- Departamento
- Ministerio de Fomento
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-03-30
- Artículos
- 33
- Identificador BOE
- BOE-A-2005-7137
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Las modificaciones llevadas a cabo en el Reglamento (CEE) número 3821/85 del Consejo, de 20 de diciembre de 1985, relativo al aparato de control en el sector de los transportes por carretera, que han tenido lugar, básicamente, mediante el Reglamento (CE) número 2135/98 del Consejo, de 24 de septiembre de 1998, y el Reglamento (CE) número 1360/2002 de la Comisión, de 13 de junio de 2002, por el que se adapta por séptima vez al progreso técnico el Reglamento (CEE) 3821/85 citado, y cuyo objetivo último es mejorar las condiciones de competencia y seguridad en el transporte por carretera, suponen un salto cualitativo muy significativo en relación con el aparato de control o tacógrafo, como elemento de cohesión social en el ejercicio de la actividad de transporte por carretera.
Índice del articulado
- Artículo 1. Conceptos de tacógrafo digital y de tarjeta de tacógrafo.
- Artículo 2. Clases de tarjetas de tacógrafo.
- Artículo 3. Compatibilidad de titularidad de tarjetas de tacógrafo.
- Artículo 4. Expedición de las tarjetas de conductor -primera emisión.
- Artículo 5. Contenido, características y plazo de validez de las tarjetas de conductor.
- Artículo 6. Renovación de tarjetas de conductor.
- Artículo 7. Modificación de datos de tarjetas de conductor.
- Artículo 8. Sustitución de tarjetas de conductor.
- Artículo 9. Canje de tarjetas de conductor.
- Artículo 10. Expedición de las tarjetas de empresa –primera emisión–.
- Artículo 11. Contenido, características y plazo de validez de las tarjetas de empresa.
- Artículo 12. Renovación de tarjetas de empresa.
- Artículo 13. Modificación de datos de tarjetas de empresa.
- Artículo 14. Sustitución de tarjetas de empresa.
- Artículo 15. Expedición de las tarjetas de centro de ensayo-primera emisión.
- Artículo 16. Contenido, características y plazo de validez de las tarjetas de centro de ensayo.
- Artículo 17. Renovación de tarjetas de centro de ensayo.
- Artículo 18. Modificación de datos de tarjetas de centro de ensayo.
- Artículo 19. Sustitución de tarjetas de centro de ensayo.
- Artículo 20. Expedición de las tarjetas de control.
- Artículo 21. Contenido, características y plazo de validez de las tarjetas de control.
- Artículo 22. Concepto de transferencia de datos y de unidad intravehicular.
- Artículo 23. Deber de conservación de datos.
- Artículo 24. La descarga, transferencia o volcado de datos.
- Artículo 25. Integridad, confidencialidad y disponibilidad de los datos almacenados por las empresas.
- Artículo 26. Disposición de datos para la Administración.
- Artículo 27. Creación y características del fichero sobre gestión de tarjetas de tacógrafo digital.
- Disposición adicional primera. Anotaciones de origen y destino del período de trabajo diario.
- Disposición adicional segunda. Solicitud voluntaria de tarjetas de empresa.
- Disposición final primera. Exigibilidad de las tarjetas de tacógrafo.
- Disposición final segunda. Protección de datos de carácter personal.
- Disposición final tercera. Medidas de ejecución.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Reglamento (CE) 1360/2002, de 13 de junio |
| En relación con | el Real Decreto 2242/1996, DE 18 DE OCTUBRE |
| De conformidad con | el Reglamento (CEE) 3821/85, de 20 de diciembre de 1985 |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden FOM/1190/2005?
- Orden FOM/1190/2005 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-30.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden FOM/1190/2005?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden FOM/1190/2005?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.