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Orden Vigente

Artículo 11. Contenido, características y plazo de validez de las tarjetas de empresa.

Artículo 11 de la Orden FOM/1190/2005, de 25 de abril, por la que se regula la implantación del tacógrafo digital. · BOE-A-2005-7137

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-05-04.

Texto consolidado

El contenido y características de las tarjetas de empresa, cuya validez será de cinco años, es el que al efecto se encuentra establecido en el apartado IV del anexo I B del Reglamento (CEE) número 3821/85.

En el supuesto de que la empresa dejara de ser titular o arrendataria de vehículos dotados de aparato de control, deberá devolver al órgano emisor la tarjeta o tarjetas de empresa que le hubieran sido expedidas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-05-04.

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