Disposición final primera. Exigibilidad de las tarjetas de tacógrafo.
Disposición final primera de la Orden FOM/1190/2005, de 25 de abril, por la que se regula la implantación del tacógrafo digital. · BOE-A-2005-7137
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-05-04.
Texto consolidado
Las tarjetas de tacógrafo reguladas en esta Orden serán exigibles a partir de la fecha en que se haga efectiva la obligatoriedad de que los vehículos sean matriculados con tacógrafo digital. No obstante, las tarjetas podrán solicitarse a partir del día 5 de mayo de 2005.