Artículo 20. Expedición de las tarjetas de control.
Artículo 20 de la Orden FOM/1190/2005, de 25 de abril, por la que se regula la implantación del tacógrafo digital. · BOE-A-2005-7137
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-05-04.
Texto consolidado
Los órganos competentes en materia de transporte por carretera establecerán los mecanismos adecuados para proveer al personal de la Inspección de Transporte por Carretera u otros organismos de control, así como de las fuerzas y cuerpos de seguridad encargadas de la vigilancia y control del transporte por carretera, de las correspondientes tarjetas de control, así como para su renovación, sustitución y modificación de datos.