Orden ECD/176/2016, de 5 de febrero, por la que se publican los Estatutos provisionales del Consejo General de Colegios Oficiales de Pedagogos y Psicopedagogos.
BOE-A-2016-1619 · Boletín Oficial del Estado, 2016-02-17 · Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Orden ECD/176/2016 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Orden ECD/176/2016
- Fecha de la disposición
- 2016-02-05
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 41, 2016-02-17
- Entrada en vigor
- 2016-02-18
- Departamento
- Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 42
- Identificador BOE
- BOE-A-2016-1619
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 7/2015, de 12 de mayo, por la que se crea el Consejo General de Colegios Oficiales de Pedagogos y Psicopedagogos, dispone en su disposición adicional primera, la constitución de una Comisión Gestora que elaborará, en el plazo de seis meses, unos Estatutos provisionales reguladores de los órganos de gobierno del Consejo General de Pedagogos y Psicopedagogos, que se remitirán al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte que verificará su adecuación a la legalidad y ordenará, en su caso, su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
La Comisión Gestora ha elaborado los Estatutos provisionales del Consejo General de Colegios Oficiales de Pedagogos y Psicopedagogos, que servirán como instrumento de funcionamiento del Consejo hasta que se elaboren los Estatutos previstos en los artículos 6.2 y 9.1.b) de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales.
Índice del articulado
- Artículo 1. Naturaleza jurídica y ámbito.
- Artículo 2. Competencias y funciones.
- Artículo 3. Composición del Consejo General.
- Artículo 4. Composición y cuota de votos.
- Artículo 5. Funciones.
- Artículo 6. Reuniones.
- Artículo 7. Constitución.
- Artículo 8. Composición.
- Artículo 9. Funciones.
- Artículo 10. Reuniones.
- Artículo 11. Designación.
- Artículo 12. Duración del mandato, cese y reemplazo.
- Artículo 13. Funciones.
- Artículo 14. Duración y causa de cese de los cargos unipersonales.
- Artículo 15. Funciones del Secretario General.
- Artículo 16. Vicepresidente Primero, Vicepresidente Segundo y Vicesecretario.
- Artículo 17. Tesorero.
- Artículo 18. Secretario Técnico.
- Artículo 19. Creación y supresión.
- Artículo 20. Normas de funcionamiento.
- Artículo 21. Creación y funcionamiento.
- Artículo 22. Recursos del Consejo General.
- Artículo 23. Presupuestos.
- Artículo 24. Control de ingresos y gastos.
- Artículo 25. Actos emanados del Consejo General.
- Artículo 26. Ventanilla Única.
- Artículo 27. Memoria Anual.
- Artículo 28. Servicios de Protección de Usuarios.
- Artículo 29. Funciones disciplinarias.
- Artículo 30. Premios y distinciones.
- Artículo 31. Condición de Colegiado, derechos y deberes.
- Artículo 32. Convocatoria de elecciones.
- Artículo 33. Candidaturas electorales.
- Artículo 34. Mesa electoral.
- Artículo 35. Sistema de votación.
- Artículo 36. Recuento y acta de las votaciones.
- Artículo 37. Sistema de escrutinio y proclamación de la candidatura ganadora.
- Disposición adicional única. Política de lenguaje.
- Disposición transitoria primera. Órganos de gobierno provisionales y normas de constitución.
- Disposición transitoria segunda. Primeras elecciones.
- Disposición transitoria tercera. Régimen disciplinario.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | la disposición adicional 1 de la Ley 7/2015, de 5 de febrero |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden ECD/176/2016?
- Orden ECD/176/2016 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden ECD/176/2016?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.