Artículo 29. Funciones disciplinarias.
Artículo 29 de la Orden ECD/176/2016, de 5 de febrero, por la que se publican los Estatutos provisionales del Consejo General de Colegios Oficiales de Pedagogos y Psicopedagogos. · BOE-A-2016-1619
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-02-18.
Texto consolidado
Estará entre las funciones del Consejo General ejercer las funciones disciplinarias con respecto a los miembros de las juntas de Gobierno de los Colegios y del propio Consejo.