Orden APA/1728/2005, de 3 de junio, por la que se regula la actividad de los buques de arrastre peninsulares que faenan en aguas profundas de los caladeros de las islas de Ibiza y Formentera.
BOE-A-2005-9843 · Boletín Oficial del Estado, 2005-06-10 · Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Orden APA/1728/2005 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Orden APA/1728/2005
- Fecha de la disposición
- 2005-06-03
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 138, 2005-06-10
- Entrada en vigor
- 2005-06-11
- Departamento
- Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 11
- Identificador BOE
- BOE-A-2005-9843
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Reglamento (CE) 1626/94, del Consejo de 27 de junio, por el que se establecen determinadas medidas técnicas de conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo, establece, en su artículo 1, que los Estados miembros ribereños podrán legislar en el ámbito territorial de aplicación del mismo, incluso en materia de pesca no profesional, adoptando medidas complementarias de protección, siempre que éstas sean compatibles con el Derecho comunitario y conformes a la Política Pesquera Común.
La Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado establece entre sus fines los de velar por la explotación equilibrada y responsable de los recursos pesqueros favoreciendo su desarrollo sostenible y adoptar las medidas precisas para proteger, conservar y regenerar dichos recursos y sus ecosistemas, adaptando el esfuerzo de la flota a la situación de los mismos.
Índice del articulado
- Artículo 1. Ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Lista de buques autorizados a desarrollar esta pesquería.
- Artículo 3. Lista periódica de buques autorizados.
- Artículo 4. Fondos mínimos permitidos.
- Artículo 5. Especies objetivo.
- Artículo 6. Esfuerzo de pesca.
- Artículo 7. Utilización del dispositivo de localización.
- Artículo 8. Infracciones y sanciones.
- Disposición adicional única. Normas de aplicación.
- Disposición derogatoria única. Derogación de la Orden de 22 de febrero de 2000.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden APA/1728/2005?
- Orden APA/1728/2005 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden APA/1728/2005?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.