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Orden Vigente

Artículo 1. Ámbito de aplicación.

Artículo 1 de la Orden APA/1728/2005, de 3 de junio, por la que se regula la actividad de los buques de arrastre peninsulares que faenan en aguas profundas de los caladeros de las islas de Ibiza y Formentera. · BOE-A-2005-9843

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-06-11.

Texto consolidado

Las normas contenidas en la presente Orden serán de aplicación a los buques españoles, con base en puertos de la península, que faenan en las aguas exteriores en la modalidad de arrastre de fondo en las zonas profundas de la plataforma marítima que circunda las islas de Ibiza y Formentera, tanto en aguas jurisdiccionales españolas, como en alta mar.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-06-11.

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