Ley Orgánica 3/1984, de 26 de marzo, reguladora de la iniciativa legislativa popular.
BOE-A-1984-7249 · Boletín Oficial del Estado, 1984-03-27 · Jefatura del Estado
Ley Orgánica 3/1984 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
Resumen
La Ley Orgánica 3/1984 regula la iniciativa legislativa popular en España, permitiendo a los ciudadanos mayores de edad, inscritos en el Censo Electoral, proponer leyes mediante la recogida de al menos 500.000 firmas. Esta norma se aplica a todos los ciudadanos españoles desde su promulgación el 26 de marzo de 1984.
Entre los puntos clave, la ley establece que ciertas materias, como las de carácter tributario o internacional, están excluidas de esta iniciativa. Además, se requiere que las proposiciones de ley sean presentadas con un texto articulado y una exposición de motivos, y la Mesa del Congreso tiene un plazo de 15 días para decidir sobre su admisibilidad. Una vez admitida, se inicia un proceso de recogida de firmas que puede realizarse tanto en papel como electrónicamente, con un plazo de hasta 12 meses en circunstancias especiales. Finalmente, se contempla una compensación económica para la Comisión Promotora por los gastos incurridos, siempre que la iniciativa alcance la tramitación parlamentaria. Esta ley no está derogada y sigue vigente en la actualidad.
Datos clave
- Rango
- Ley Orgánica 3/1984
- Fecha de la disposición
- 1984-03-26
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 74, 1984-03-27
- Entrada en vigor
- 1984-04-16
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-16
- Artículos
- 19
- Identificador BOE
- BOE-A-1984-7249
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I,
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren,
Índice del articulado
- Artículo primero. Objeto de la presente Ley Orgánica.
- Artículo segundo. Materias excluidas de la iniciativa legislativa popular.
- Artículo tercero. Requisitos de la iniciativa popular.
- Artículo cuarto. Iniciación del procedimiento.
- Artículo quinto. Trámite de admisión de la iniciativa.
- Artículo sexto. Amparo ante el Tribunal Constitucional.
- Artículo séptimo. Iniciación del procedimiento de recogida de firmas y plazo para la misma.
- Artículo octavo. Pliegos para la recogida de firmas.
- Artículo noveno. Autenticación de las firmas.
- Artículo décimo. Fedatarios especiales.
- Artículo undécimo. Remisión de los pliegos a las Juntas Electorales Provinciales y papel auxiliar de las mismas.
- Artículo duodécimo. Presentación, comprobación y recuento de las firmas.
- Artículo decimotercero. Tramitación parlamentaria.
- Artículo decimocuarto. No caducidad de las proposiciones en caso de disolución de las Cámaras.
- Artículo decimoquinto. Compensación estatal por los gastos realizados.
- DISPOSICIONES ADICIONALES
- Primera
- Segunda
- DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley Orgánica 3/1984?
- Ley Orgánica 3/1984 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley Orgánica 3/1984?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley Orgánica 3/1984?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.