Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra.
BOE-A-2010-8618 · Boletín Oficial del Estado, 2010-05-31 · Comunidad Foral de Navarra
Ley Foral 10/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-11.
Resumen
La Ley Foral 10/2010, del Derecho a la Vivienda en Navarra, regula el acceso a una vivienda digna y adecuada en esta comunidad, estableciendo un marco normativo para la promoción y gestión de viviendas protegidas. Esta ley se aplica a todos los ciudadanos empadronados en Navarra desde su entrada en vigor el 10 de mayo de 2010.
Entre los puntos clave, la ley garantiza el derecho a la vivienda digna, promueve la construcción de viviendas protegidas y establece un sistema de adjudicación transparente a través de un Censo de solicitantes. Además, se fomenta el alquiler y la rehabilitación de viviendas, así como la creación de un registro de viviendas deshabitadas para abordar el problema de la vivienda vacía. La ley también incluye medidas para prevenir el fraude en el acceso a viviendas protegidas y establece sanciones por incumplimientos, asegurando así que las viviendas se utilicen de acuerdo con su función social.
La ley no está derogada y sigue vigente, formando parte del marco legal que busca garantizar el derecho a la vivienda en Navarra.
Datos clave
- Rango
- Ley Foral 10/2010
- Fecha de la disposición
- 2010-05-10
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 132, 2010-05-31
- Entrada en vigor
- 2010-07-17
- Departamento
- Comunidad Foral de Navarra
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-03-11
- Artículos
- 188
- Identificador BOE
- BOE-A-2010-8618
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral del Derecho a la Vivienda en Navarra.
LEY FORAL DEL DERECHO A LA VIVIENDA EN NAVARRA
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Actuaciones protegibles.
- Artículo 3. Principios rectores en materia de vivienda.
- Artículo 3 bis. Derecho subjetivo de acceso a vivienda y servicio social de interés general.
- Artículo 3 ter. Suficiencia Adquisitiva por Renta Adecuada (SARA).
- Artículo 3 quáter. Sistema de deducciones fiscales para garantizar el derecho de acceso a vivienda.
- Artículo 3 quinquies. Igualdad en el acceso y la ocupación de la vivienda.
- Artículo 4. Conceptos legales.
- Artículo 5. Condición temporal y requisitos aplicables a toda actuación protegible objeto de ayuda económica.
- Artículo 6. Plazo administrativo para la resolución de las solicitudes.
- Artículo 7. Concepto de vivienda protegida.
- Artículo 8. Destino.
- Artículo 9. Superficie.
- Artículo 10. Precio máximo de venta y renta.
- Artículo 11. Objetivos generales.
- Artículo 12. Arrendamiento con opción de compra.
- Artículo 13. Programa de intermediación pública para el alquiler de viviendas: Bolsa de alquiler.
- Artículo 14. Programas para la juventud.
- Artículo 15. Fomento de la rehabilitación.
- Artículo 16. Ayudas a la adquisición de vivienda protegida.
- Artículo 17. Requisitos generales de acceso a viviendas protegidas.
- Artículo 18. Requisitos específicos de acceso a viviendas protegidas.
- Artículo 19. Excepciones al cumplimiento de determinados requisitos mínimos de acceso.
- Artículo 20. Censo de solicitantes de vivienda protegida.
- Artículo 21. Solicitud de inscripción.
- Artículo 22. Permanencia en el Censo.
- Artículo 23. Obligación de inscripción para la adjudicación.
- Artículo 24. Exclusión del Censo.
- Artículo 25. Sistema de adjudicación.
- Artículo 25 bis. Conceptos relativos a las reservas.
- Artículo 25 ter. Distribución de las viviendas por reservas.
- Artículo 26. Reservas.
- Artículo 27. Tramos de renta.
- Artículo 28. Baremo.
- Artículo 29. Reservas en alquiler.
- Artículo 30. Baremo para las reservas especiales.
- Artículo 30 bis. Sorteo para las reservas generales.
- Artículo 31. Procedimiento de adjudicación.
- Artículo 32. Visado de los contratos.
- Artículo 33. Procedimiento de adjudicación por cambio de vivienda protegida inadecuada.
- Artículo 34. Condiciones técnicas de construcción y rehabilitación.
- Artículo 35. La rehabilitación de viviendas y edificios.
- Artículo 36. Obligaciones informativas y de publicidad.
- Artículo 37. Sitio web informativo en materia de vivienda protegida.
- Artículo 38. Superficie.
- Artículo 39. Información a ofrecer en la venta de vivienda.
- Artículo 40. Información a ofrecer en el arrendamiento de vivienda.
- Artículo 41. Contenido del contrato de compraventa y arrendamiento de viviendas protegidas.
- Artículo 42. Sistema Arbitral de Consumo.
- Artículo 42 bis. Definición de viviendas deshabitadas.
- Artículo 42 ter. Indicios de no habitación.
- Artículo 42 quáter. Obligaciones y contenido de la información sobre viviendas deshabitadas.
- Artículo 42 quinquies. Tramitación del procedimiento de declaración de vivienda deshabitada.
- Artículo 42 sexies. Registro de Viviendas Deshabitadas.
- Artículo 42 septies. Políticas y actuaciones de fomento para promover el uso social de las viviendas.
- 42 octies. Alquiler forzoso en vivienda deshabitada.
- Artículo 43. Duración del régimen de protección.
- Artículo 44. Prohibiciones y limitaciones a la facultad de disponer gratuitamente.
- Artículo 45. Comunicación de las transmisiones.
- Artículo 46. Elevación a escritura Pública e inscripción en el Registro de la Propiedad.
- Artículo 47. Permuta de viviendas protegidas.
- Artículo 48. Prohibición de sobreprecios.
- Artículo 49. Derechos de tanteo y retracto.
- Artículo 50. Procedimiento para el ejercicio del derecho de tanteo.
- Artículo 51. Procedimiento para el ejercicio del derecho de retracto.
- Artículo 51 bis. Ejercicio de los derechos de adquisición preferente en determinadas transmisiones especiales.
- Artículo 52. Causas de expropiación.
- Artículo 53. Título expropiatorio.
- Artículo 54. Efectos.
- Artículo 55. Expropiación por supresión de barreras arquitectónicas y mejora de la accesibilidad universal y diseño para todas las personas.
- Artículo 56. Principios generales.
- Artículo 57. Actuación inspectora.
- Artículo 58. Actas de inspección.
- Artículo 59. Funciones.
- Artículo 60. Colaboración de la Policía Foral.
- Artículo 61. Ejecución forzosa.
- Artículo 62. Multas coercitivas.
- Artículo 63. Infracciones administrativas.
- Artículo 64. Infracciones leves.
- Artículo 65. Infracciones graves.
- Artículo 66. Infracciones muy graves.
- Artículo 67. Sanciones.
- Artículo 68. Responsabilidad de las infracciones.
- Artículo 69. Plazos de prescripción.
- Artículo 70. Medidas cautelares.
- Artículo 71. Procedimiento.
- Artículo 72. Medidas en relación con viviendas deshabitadas.
- Artículo 73. Infracciones independientes o conexas.
- Artículo 74. Conductas constitutivas de delito o falta.
- Artículo 75. Registro General de Viviendas de Navarra.
- Artículo 76. Objetivos y fines.
- Artículo 77. Actuaciones.
- Artículo 78. Ámbito y contenido.
- Artículo 79. Información de acceso público.
- Artículo 80. Protección de datos.
- Artículo 81. Creación del Registro General de Viviendas de Navarra.
- Artículo 82. Conservación del Registro General de Viviendas de Navarra.
- Artículo 83. Deber de colaboración.
- Artículo 84. Participación ciudadana.
- Artículo 85. El Plan de Vivienda de Navarra.
- Artículo 86. Consejo de la Vivienda de Navarra.
- Artículo 87. Servicio de mediación en materia de vivienda.
- Artículo 88. Obligación de ofrecimiento de alquiler bonificado.
- Artículo 89. Obligación de ofrecimiento de alquiler bonificado por impago de arrendamiento de vivienda habitual.
- Artículo 89 bis. Obligación de ofrecimiento de alquiler bonificado por finalización de contrato de arrendamiento de vivienda habitual.
- Artículo 90. Creación, características y gestión del Registro de Contratos de Arrendamiento de Vivienda de Navarra.
- Artículo 91. Inscripción en el Registro de Contratos de Arrendamiento de Vivienda de Navarra.
- Artículo 92. Solicitud de inscripción en el Registro de Contratos de Arrendamiento de Vivienda de Navarra.
- Artículo 93. Asiento de inscripción.
- Artículo 94. Certificado de inscripción.
- Artículo 95. Modificación de la inscripción.
- Artículo 96. Cancelación de la inscripción.
- Artículo 96 bis. Acceso al Registro.
- Artículo 96 ter. Obligación de depósito de fianzas de arrendamiento de vivienda.
- Artículo 97. Declaración de Zonas de Mercado Residencial Tensionado.
- Artículo 98. Contención de precios en las zonas de mercado residencial tensionado.
- Artículo 99. Registro de grandes tenedoras de vivienda.
- Artículo 100. Inscripciones.
- Artículo 101. Cancelaciones.
- Artículo 102. Control e inspección.
Normas que la modifican o afectan (26)
Normas a las que afecta (10)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley Foral 10/2010?
- Ley Foral 10/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-11.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley Foral 10/2010?
- El BOE registra 26 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley Foral 10/2010?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.