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Ley Foral Vigente

Artículo 63. Infracciones administrativas.

Artículo 63 de la Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra. · BOE-A-2010-8618

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-07-17.

Texto consolidado

1. Son infracciones administrativas en materia de vivienda las acciones u omisiones que vulneren las prescripciones contenidas en esta Ley Foral, tipificadas y sancionadas por ella.

2. Las responsabilidades administrativas derivadas de la comisión de una infracción son compatibles con la exigencia al infractor del restablecimiento de la legalidad y la reparación de los daños causados.

3. Las infracciones en materia de vivienda se clasifican en leves, graves y muy graves.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-07-17.

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