Ley 7/2012, de 4 de octubre, de medidas extraordinarias en el sector público de la Comunidad Autónoma de Aragón para garantizar la estabilidad presupuestaria.
BOE-A-2012-13290 · Boletín Oficial del Estado, 2012-10-26 · Comunidad Autónoma de Aragón
Ley 7/2012 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
La Ley 7/2012, de 4 de octubre, regula medidas extraordinarias en el sector público de la Comunidad Autónoma de Aragón para garantizar la estabilidad presupuestaria. Esta norma es aplicable al personal del sector público aragonés desde su entrada en vigor en octubre de 2012.
Entre los puntos clave, la ley establece la supresión de la paga extraordinaria de diciembre para todo el personal del sector público, incluyendo funcionarios, personal laboral y altos cargos, con el objetivo de reducir el gasto público. Además, se introducen modificaciones en la regulación de las retribuciones durante situaciones de incapacidad temporal, alineándose con las disposiciones del Real Decreto-ley 20/2012. También se suspende la concesión de subvenciones para actividades sindicales durante el año 2012 y se crean registros para la representación del personal en la administración pública. La ley tiene un carácter temporal y su vigencia está sujeta a la situación económica, con la posibilidad de ser revisada en función de la estabilidad presupuestaria. Esta norma no está derogada.
Datos clave
- Rango
- Ley 7/2012
- Fecha de la disposición
- 2012-10-04
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 258, 2012-10-26
- Entrada en vigor
- 2012-10-11
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Aragón
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 24
- Identificador BOE
- BOE-A-2012-13290
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
En nombre del Rey y como Presidenta de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Estatuto de Autonomía de Aragón.
PREÁMBULO
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de esta Ley.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Normas generales. Paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012.
- Artículo 4. Paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012 del personal funcionario y estatutario.
- Artículo 5. Paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012 del personal laboral.
- Artículo 6. Paga extraordinaria del mes de diciembre o equivalente de 2012 de los miembros del Gobierno de Aragón y sus altos cargos.
- Artículo 7. Paga extraordinaria del mes de diciembre o equivalente de 2012 del personal eventual.
- Artículo 8. Paga extraordinaria del mes de diciembre o equivalente de 2012 del personal directivo.
- Artículo 9. Medidas en materia de complementos de incapacidad temporal.
- Disposición adicional primera. Suspensión de pactos, acuerdos y convenios.
- Disposición adicional segunda. Retribuciones del personal sanitario en formación por el sistema de residencia.
- Disposición adicional tercera. Retribuciones del personal sanitario al que se aplica el sistema de cupo y zona.
- Disposición adicional cuarta. Registro de Órganos de Representación del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y de sus Organismos Públicos…
- Disposición adicional quinta. Efectos de la supresión de la paga extraordinaria de diciembre de 2012 en los costes de personal de la Universidad de Zaragoza y los entes dependie…
- Disposición transitoria primera. Solicitudes de prolongación de la permanencia en el servicio activo a la entrada en vigor de esta Ley.
- Disposición transitoria segunda. Efectos en las situaciones de incapacidad temporal a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio.
- Disposición transitoria tercera. Suspensión de la contratación de personal laboral fijo en situación de incapacidad permanente total por aplicación del procedimiento de cambio d…
- Disposición transitoria cuarta. Subvenciones sindicales.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del texto refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/…
- Disposición transitoria segunda. Modificación de la Ley 1/2012, de 20 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2012.
- Disposición transitoria tercera. Retenciones de no disponibilidad.
- Disposición transitoria cuarta. Desarrollo de la Ley.
- Disposición transitoria quinta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 7/2012?
- Ley 7/2012 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 7/2012?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 7/2012?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.