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Ley 7/2012, de 4 de octubre, de medidas extraordinarias en el sector público de la Comunidad Autónoma de Aragón para garantizar la estabilidad presupuestaria.

BOE-A-2012-13290 · Boletín Oficial del Estado, 2012-10-26 · Comunidad Autónoma de Aragón

Ley 7/2012 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.

Resumen

La Ley 7/2012, de 4 de octubre, regula medidas extraordinarias en el sector público de la Comunidad Autónoma de Aragón para garantizar la estabilidad presupuestaria. Esta norma es aplicable al personal del sector público aragonés desde su entrada en vigor en octubre de 2012.

Entre los puntos clave, la ley establece la supresión de la paga extraordinaria de diciembre para todo el personal del sector público, incluyendo funcionarios, personal laboral y altos cargos, con el objetivo de reducir el gasto público. Además, se introducen modificaciones en la regulación de las retribuciones durante situaciones de incapacidad temporal, alineándose con las disposiciones del Real Decreto-ley 20/2012. También se suspende la concesión de subvenciones para actividades sindicales durante el año 2012 y se crean registros para la representación del personal en la administración pública. La ley tiene un carácter temporal y su vigencia está sujeta a la situación económica, con la posibilidad de ser revisada en función de la estabilidad presupuestaria. Esta norma no está derogada.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Ley 7/2012
Fecha de la disposición
2012-10-04
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 258, 2012-10-26
Entrada en vigor
2012-10-11
Departamento
Comunidad Autónoma de Aragón
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-19
Artículos
24
Identificador BOE
BOE-A-2012-13290
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

En nombre del Rey y como Presidenta de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Estatuto de Autonomía de Aragón.

PREÁMBULO

I

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (2)

Normas a las que afecta (3)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Ley 7/2012?
Ley 7/2012 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
¿Qué normas modifican o afectan a Ley 7/2012?
El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 7/2012?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.