Ley 7/2001, de 31 de mayo, de creación de la entidad pública Aragonesa de Servicios Telemáticos.
BOE-A-2001-11883 · Boletín Oficial del Estado, 2001-06-21 · Comunidad Autónoma de Aragón
Ley 7/2001 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Ley 7/2001
- Fecha de la disposición
- 2001-05-31
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 148, 2001-06-21
- Entrada en vigor
- 2001-06-28
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Aragón
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 29
- Identificador BOE
- BOE-A-2001-11883
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Estatuto de Autonomía.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Creación, adscripción y naturaleza.
- Artículo 2. Régimen jurídico.
- Artículo 3. Objetivos.
- Artículo 4. Funciones.
- Artículo 5. Órganos rectores.
- Artículo 6. El Consejo de Dirección.
- Artículo 7. Competencias del Consejo de Dirección.
- Artículo 8. El Presidente del Consejo de Dirección.
- Artículo 9. El Director Gerente.
- Artículo 10. El Consejo Asesor de Telecomunicaciones e Informática.
- Artículo 11. Recursos.
- Artículo 12. Régimen económico-financiero.
- Artículo 13. Patrimonio.
- Artículo 14. Personal.
- Artículo 15. Contratación.
- Artículo 16. Declaración de utilidad pública.
- Disposición adicional primera. Programa presupuestario.
- Disposición adicional segunda. Integración de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma en la entidad Aragonesa de Servicios Telemáticos.
- Disposición adicional tercera. Personal no adscrito.
- Disposición adicional cuarta. Constitución del Consejo de Dirección y supresión de la Gerencia de Telecomunicaciones e Informática.
- Disposición adicional quinta. Integración de nuevos servicios transferidos.
- Disposición adicional sexta. Departamento de adscripción.
- Disposición transitoria primera. Presupuesto de la entidad en el ejercicio 2001.
- Disposición transitoria segunda. Sucesión de persona jurídica empleadora.
- Disposición transitoria tercera. Subrogación de la entidad en los contratos de la Diputación General de Aragón.
- Disposición derogatoria única. Derogación expresa y por incompatibilidad.
- Disposición final primera. Estatutos de la entidad.
- Disposición final segunda. Habilitación de desarrollo reglamentario.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se añade | la disposición adicional 6, por Ley 3/2012, de 8 de marzo |
| Se modifica | los arts. 1, 6 y 10, por Ley 2/2016, de 28 de enero |
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Ley 11/1996, de 30 de diciembre |
| De conformidad con | el art. 20.1 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 8/1982, de 10 de agosto |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 7/2001?
- Ley 7/2001 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 7/2001?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 7/2001?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.