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Ley Vigente

Disposición transitoria segunda. Sucesión de persona jurídica empleadora.

Disposición transitoria segunda de la Ley 7/2001, de 31 de mayo, de creación de la entidad pública Aragonesa de Servicios Telemáticos. · BOE-A-2001-11883

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-06-28.

Texto consolidado

En el caso de desaparición de la entidad Aragonesa de Servicios Telemáticos, los empleados de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, ya sean éstos propios, transferidos o incorporados a la función pública de la Comunidad Autónoma de Aragón que hubieran sido adscritos a ella, tendrán derecho, sin solución de continuidad, a incorporarse a una plaza del Departamento de procedencia, con la misma categoría y nivel retributivo alcanzados y en la misma localidad de origen, computándose a todos los efectos los derechos y el tiempo de servicios prestados en la entidad como prestados en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-06-28.

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