Artículo 9. El Director Gerente.
Artículo 9 de la Ley 7/2001, de 31 de mayo, de creación de la entidad pública Aragonesa de Servicios Telemáticos. · BOE-A-2001-11883
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-06-28.
Texto consolidado
1. Al Director Gerente le corresponden la dirección, gestión y control inmediato de las actividades de la entidad, así como de sus recursos humanos, económicos y materiales, respecto de los cuales ejercerá las facultades ejecutivas que se señalen en los Estatutos y las que determine o delegue el Consejo de Dirección.
2. Será nombrado por Decreto del Gobierno de Aragón, a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, entre personas de reconocida competencia dentro de las áreas relacionadas con las funciones de la entidad.