Ley 6/2001, de 24 de mayo, del Estatuto de los Consumidores de Extremadura.
BOE-A-2001-14031 · Boletín Oficial del Estado, 2001-07-20 · Comunidad Autónoma de Extremadura
Ley 6/2001 está derogada desde el 2019-02-27: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Ley 6/2001
- Fecha de la disposición
- 2001-05-24
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 173, 2001-07-20
- Entrada en vigor
- 2001-07-13
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Extremadura
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2019-02-27
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 60
- Identificador BOE
- BOE-A-2001-14031
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA
Sea notorio a todos los ciudadanos que la Asamblea de Extremadura ha aprobado y yo, en nombre del Rey, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.1 del Estatuto de Autonomía, vengo a promulgar la siguiente Ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Concepto de consumidor.
- Artículo 3. Derechos de los consumidores.
- Artículo 3 bis. Protección contra las cláusulas abusivas.
- Artículo 3 ter. Protección contra las prácticas comerciales desleales.
- Artículo 4. Irrenunciabilidad de los derechos de los consumidores.
- Artículo 5. Colectivos de especial protección.
- Artículo 6. Principio general.
- Artículo 7. Obligaciones de los productores y distribuidores.
- Artículo 8. Principio general.
- Artículo 9. Actuación de las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Artículo 10. Ámbito de actuación administrativa.
- Artículo 10 bis. Servicios de tracto continuado o sucesivo.
- Artículo 11. Derecho a la información.
- Artículo 12. Extensión del derecho de información.
- Artículo 12 bis. Derecho de información sobre la titulización de préstamos hipotecarios y de otro tipo.
- Artículo 13. Oficinas de información al consumidor.
- Artículo 14. Fomento de la información.
- Artículo 15. Derecho a la educación y la formación permanente.
- Artículo 16. Medios de comunicación social de titularidad pública.
- Artículo 17. Las asociaciones de consumidores.
- Artículo 18. Consejo Extremeño de los Consumidores.
- Artículo 19. Audiencia de las asociaciones de consumidores.
- Artículo 20. Actuación de las asociaciones de consumidores.
- Artículo 21. Situaciones de inferioridad, subordinación e indefensión.
- Artículo 22. Reparación de daños.
- Artículo 23. Inspección general.
- Artículo 24. Inspección y control.
- Artículo 25. Obligaciones de los inspeccionados.
- Artículo 26. Actas de inspección.
- Artículo 27. Potestad sancionadora.
- Artículo 28. Actuaciones y medidas provisionales.
- Artículo 29. Infracciones por alteración, adulteración, fraude o engaño.
- Artículo 30. Infracciones por transacciones comerciales, condiciones técnicas de venta y en materia de precios.
- Artículo 31. Infracciones en materia de normalización, documentación y condiciones de venta.
- Artículo 31 bis. Infracciones sobre la protección de los consumidores y usuarios en materia de telecomunicaciones.
- Artículo 32. Infracciones.
- Artículo 33. Infracciones leves.
- Artículo 34. Infracciones graves.
- Artículo 35. Infracciones muy graves.
- Artículo 36. Sujetos responsables.
- Artículo 37. Responsabilidades subsidiarias de los infractores.
- Artículo 38. Cuantía de las sanciones.
- Artículo 39. Graduación de las sanciones.
- Artículo 40. Sanciones accesorias.
- Artículo 41. Otras sanciones.
- Artículo 42. Clausura de centros, servicios y establecimientos.
- Artículo 43. Publicidad de las sanciones.
- Artículo 44. Efectos accesorios de las sanciones.
- Artículo 45. Principio «non bis in idem».
- Artículo 46. Prescripción y caducidad.
- Disposición adicional única. Habilitación normativa.
- Disposición adicional primera. Habilitación normativa.
- Disposición adicional segunda. Instalaciones de venta al público al por menor de gasolinas y gasóleos de automoción.
- Disposición transitoria.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda. Comunicación de la información.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
Normas que la modifican o afectan (6)
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Ley 26/1984, de 19 de julio |
| Cita | Ley 36/1988, de 5 de diciembre |
| De conformidad con | Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de Extremadura. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 6/2001?
- Ley 6/2001 está derogada desde el 2019-02-27: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 6/2001?
- El BOE registra 6 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 6/2001?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.