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Ley Derogada 2 redacciones

Disposición transitoria primera.

Disposición transitoria primera de la Ley 6/2001, de 24 de mayo, del Estatuto de los Consumidores de Extremadura. · BOE-A-2001-14031

Atención: Ley 6/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La presente Ley será de aplicación a los procedimientos sancionadores iniciados a partir de su entrada en vigor, no siendo aplicable a los procedimientos sancionadores iniciados con anterioridad, que continuarán rigiéndose por la normativa vigente en el momento en que fueron incoados.

Se numera como disposición transitoria primera por el art. único.13 de la Ley 4/2018, de 21 de febrero. Ref. BOE-A-2018-3362

Su anterior denominación era disposición transitoria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-02-24.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2018-3362.

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