Ley 49/2003, de 26 de noviembre, de Arrendamientos Rústicos.
BOE-A-2003-21616 · Boletín Oficial del Estado, 2003-11-27 · Jefatura del Estado
Ley 49/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-30.
Datos clave
- Rango
- Ley 49/2003
- Fecha de la disposición
- 2003-11-26
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 284, 2003-11-27
- Entrada en vigor
- 2004-05-27
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-03-30
- Artículos
- 44
- Identificador BOE
- BOE-A-2003-21616
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley.
Índice del articulado
- Artículo 1. Arrendamiento rústico.
- Artículo 2. Arrendamiento de explotación.
- Artículo 3. Derechos de producción agrícolas y otros derechos.
- Artículo 4. Compatibilidad de arrendamientos.
- Artículo 5. Contratos no considerados como arrendamientos rústicos.
- Artículo 6. Arrendamientos exceptuados de esta ley.
- Artículo 7. Inaplicación de la ley.
- Artículo 8. Desenvolvimiento del contrato.
- Artículo 9. Capacidad y limitaciones a la extensión del arrendamiento.
- Artículo 10. Resolución del derecho del concedente.
- Artículo 11. Criterios y requisitos formales.
- Artículo 12. Tiempo de duración.
- Artículo 13. Fijación de la renta.
- Artículo 14. Pago.
- Artículo 15. Cantidades asimiladas a la renta.
- Artículo 16. Contrato de seguro.
- Artículo 17. Principio general.
- Artículo 18. Gastos de conservación a cargo del arrendador.
- Artículo 19. Otros gastos a cargo del arrendador.
- Artículo 20. Obras y mejoras a cargo del arrendatario.
- Artículo 21. Mejoras útiles y voluntarias.
- Artículo 22. Enajenación de la finca arrendada. Derechos de tanteo, retracto y adquisición preferente.
- Artículo 23. Cesión y subarriendo.
- Artículo 24. Terminación del arrendamiento.
- Artículo 25. Resolución del arrendamiento a instancia del arrendador.
- Artículo 26. Rescisión.
- Artículo 27. Efectos.
- Artículo 28. Contrato de aparcería.
- Artículo 29. Régimen jurídico de la aparcería.
- Artículo 30. Aplicación de la normativa laboral y de Seguridad Social.
- Artículo 31. Duración.
- Artículo 32. Aparcería asociativa.
- Artículo 33. Jurisdicción y competencia.
- Artículo 34. Cuestiones litigiosas extrajudiciales.
- Disposición adicional primera. Mejoras y renta.
- Disposición adicional segunda. Expropiación.
- Disposición adicional tercera. Criterios y requisitos formales.
- Disposición adicional cuarta. Derechos de producción agraria y otros derechos.
- Disposición transitoria primera. Contratos vigentes en el momento de la entrada en vigor de esta ley.
- Disposición transitoria segunda. Procesos pendientes.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Habilitación competencial.
- Disposición final segunda. Ámbito de aplicación.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (7)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 49/2003?
- Ley 49/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-30.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 49/2003?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 49/2003?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.