Ley 3/2005, de 8 de abril, de incompatibilidades de altos cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de declaración de actividades, bienes e intereses de altos cargos y otros cargos públicos.
BOE-A-2005-7987 · Boletín Oficial del Estado, 2005-05-17 · Comunidad Autónoma de Andalucía
Ley 3/2005 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Resumen
La Ley 3/2005 regula las incompatibilidades y la declaración de actividades, bienes e intereses de los altos cargos de la Administración de la Junta de Andalucía. Aplica a altos cargos como el Presidente, Vicepresidentes, Consejeros y otros puestos de libre designación desde su entrada en vigor el 8 de abril de 2005.
Entre sus puntos clave, establece que los altos cargos deben ejercer sus funciones con dedicación exclusiva, prohibiendo cualquier actividad laboral o empresarial que no derive de su cargo, salvo excepciones específicas. Además, introduce un régimen de declaración de actividades y bienes que debe ser público, garantizando la transparencia en la gestión pública. La ley también contempla un régimen sancionador para quienes incumplan sus disposiciones, con sanciones que pueden incluir el cese inmediato del cargo y la inhabilitación para ocupar altos cargos en el futuro. Por último, esta norma deroga la anterior Ley 5/1984 de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración Andaluza, actualizando y ampliando el marco normativo existente.
Datos clave
- Rango
- Ley 3/2005
- Fecha de la disposición
- 2005-04-08
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 117, 2005-05-17
- Entrada en vigor
- 2005-05-08
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Andalucía
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 38
- Identificador BOE
- BOE-A-2005-7987
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
A todos los que la presente vieren, sabed:
Que el Parlamento de Andalucía ha aprobado y yo, en nombre del Rey y por la autoridad que me confieren la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley de incompatibilidades de altos cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de declaración de actividades, bienes e intereses de altos cargos y otros cargos públicos.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Dedicación exclusiva.
- Artículo 4. Compatibilidad con actividad representativa.
- Artículo 5. Compatibilidad con la administración del patrimonio personal o familiar.
- Artículo 6. Incompatibilidades.
- Artículo 7. Inhibición y abstención.
- Artículo 8. Consecuencias de las situaciones de incompatibilidad.
- Artículo 8 bis. Desarrollo de actividades privadas tras el cese en el desempeño del alto cargo.
- Artículo 9. Acreditación de no incompatibilidad en licitaciones públicas.
- Artículo 10. Obligación de declarar sobre causas de incompatibilidad y plazo para efectuar la declaración.
- Artículo 10 bis. Retribuciones del personal alto cargo y asimilado de la Junta de Andalucía o de sus agencias administrativas y de régimen especial.
- Artículo 10 ter. Retribuciones del personal alto cargo del Consejo Consultivo de Andalucía, Consejo Audiovisual de Andalucía y Consejo de Transparencia y Protección de Datos de …
- Artículo 10 quater. Retribuciones del personal asimilado a alto cargo en otras entidades del sector público andaluz.
- Artículo 10 quinquies. Disposiciones generales.
- Artículo 11. Obligación de declaración de actividades, bienes, intereses y retribuciones.
- Artículo 12. Plazo para efectuar la declaración, obligación de aportar copia de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y régimen de publicidad de la …
- Artículo 13. Registro de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones.
- Artículo 14. Publicidad del Registro.
- Artículo 15. Infracciones.
- Artículo 16. Sanciones.
- Artículo 17. Imposibilidad de ocupar altos cargos.
- Artículo 18. Procedimiento sancionador.
- Artículo 19. Medidas de carácter provisional.
- Artículo 20. Prescripción de infracciones y sanciones.
- Artículo 21. Órgano competente.
- Artículo 22. Asignación económica a ex presidentes.
- Artículo 23. Asignación económica a ex vicepresidentes y ex consejeros.
- Artículo 24. Asignación económica a ex altos cargos.
- Artículo 25. Incompatibilidades en la percepción de asignación económica.
- Artículo 26. Consolidación de grado a ex parlamentarios.
- Artículo 27. Consolidación de complemento de personal laboral.
- Artículo 28. Permisos no retribuidos a ex diputados y ex altos cargos.
- Disposición transitoria única.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
- Disposición final tercera.
Normas que la modifican o afectan (7)
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | el art. 36.1 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre |
| Deroga | la Ley 5/1984, de 29 de abril |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 3/2005?
- Ley 3/2005 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 3/2005?
- El BOE registra 7 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 3/2005?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.