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Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Academia Gallega de Seguridad Pública.

BOE-A-2007-3824 · Boletín Oficial del Estado, 2007-02-23 · Comunidad Autónoma de Galicia

Ley 1/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.

Resumen

La Ley 1/2007, de 15 de enero, regula la creación y funcionamiento de la Academia Gallega de Seguridad Pública, un organismo autónomo destinado a la formación y capacitación en materia de seguridad pública en Galicia. Esta norma aplica a todos los profesionales relacionados con la seguridad pública en la comunidad autónoma, incluyendo policías, funcionarios penitenciarios, personal de seguridad privada, bomberos y agentes forestales, desde su entrada en vigor.

Entre los puntos clave, la ley establece que la Academia tiene la responsabilidad de organizar y realizar programas de formación para los cuerpos de seguridad y otros colectivos relacionados, promoviendo la calidad en los servicios de seguridad pública. También se contempla la colaboración con el Consejo General del Poder Judicial y otros organismos para la formación de jueces y fiscales. Además, la Academia puede otorgar becas y ayudas para fomentar la investigación y la incorporación de mujeres en los cuerpos de seguridad. Por último, se deroga la Ley 1/2005, que regulaba el anterior Centro de Estudios Judiciales y Seguridad Pública de Galicia, integrando sus funciones y personal en la nueva Academia.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Ley 1/2007
Fecha de la disposición
2007-01-15
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 47, 2007-02-23
Entrada en vigor
2007-01-24
Departamento
Comunidad Autónoma de Galicia
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-19
Artículos
23
Identificador BOE
BOE-A-2007-3824
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

Exposición de motivos

La seguridad constituye una de las principales preocupaciones de cualquier sociedad, y una de las obligaciones de la Administración pública es satisfacer las demandas que en esa materia le plantean los ciudadanos. En la llamada sociedad de los riesgos se asume que la ausencia de todo peligro es sólo un ideal inalcanzable pero, al menos, se exige conjurar aquellas amenazas para la seguridad más previsibles y evitables.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (2)

Normas a las que afecta (3)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Ley 1/2007?
Ley 1/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
¿Qué normas modifican o afectan a Ley 1/2007?
El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 1/2007?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.